La Cámara de Cuentas constata que los jóvenes de los planes de empleo son contratados a posteriori sólo por 30 días

El presidente de la Cámara de Cuentas, Antonio López, en comisión parlamentaria, en una imagen de archivo.
El presidente de la Cámara de Cuentas, Antonio López, en comisión parlamentaria, en una imagen de archivo. - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: viernes, 21 febrero 2020 11:34

SEVILLA, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha hecho una fiscalización operativa sobre la iniciativa de cooperación social y comunitaria, incluida en los planes de empleo para personas jóvenes en Andalucía, y ha reflejado en su informe que el 62,84% de los contratos posteriores de la primera edición y el 49,29% de la segunda de esta iniciativa han tenido una duración de hasta 30 días, por lo que aboga en sus conclusiones por "implementar medidas que faciliten la obtención de un empleo posterior de mayor duración".

"La duración de los contratos posteriores tiende a ser menor que la de los contratos subvencionados. La empleabilidad de la mayoría de los jóvenes en forma de contratos posteriores se realiza por un periodo muy corto", ha sostenido la Cámara de Cuentas en sus conclusiones, según ha informado a través de una nota de prensa.

La Cámara de Cuentas ha analizado la 'Iniciativa de cooperación social y comunitaria' (ICSC), iniciativa que promueve la creación de empleo al fomentar la contratación de personas jóvenes por los ayuntamientos andaluces.

La ICSC se ha ejecutado en dos ediciones. La primera según el Decreto-ley 6/2014 que aprueba el Programa Emple@Joven y la Iniciativa @mprende+. Y la segunda con arreglo a la Ley 2/2015, que convalidó el Decreto-ley 2/2015, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo.

A través de la ICSC, la práctica totalidad de los ayuntamientos andaluces han contratado a 36.288 y 17.283 jóvenes desempleados en cada edición, representativos de 40.222 y 17.617 contratos, respectivamente. Las contrataciones de la primera edición se han formalizado a lo largo del cuarto trimestre de 2014 y durante todo el año 2015. Las contrataciones de la segunda edición se han concentrado en los ejercicios 2017 y 2018.

En cuanto a medición de la mejora de la empleabilidad, se ha utilizado el indicador 'tasa de contratación posterior', se han alcanzado tasas del 23,98% y 18,71% para cada una de las dos ediciones. Los jóvenes contratados por los propios ayuntamientos en los 6 meses siguientes a la finalización de ambas ediciones representan el 29,87% y 19,82% del total de jóvenes contratados con posterioridad.

El impacto en la creación de empleo, medido como el porcentaje de jóvenes beneficiarios sobre la población joven desempleada, fue mayor en el primer y segundo trimestre del año 2015, alcanzando un grado del 3,02% y 7,07%, respectivamente. La segunda edición ha tenido un efecto superior al 1% sobre las cifras de jóvenes parados del periodo que transcurre desde el tercer trimestre de 2017 al segundo trimestre de 2018. La relevancia de esta segunda edición es menor porque el número de jóvenes contratados ha sido inferior al de la primera edición.

La perspectiva de este impacto cambia si el porcentaje se calcula a partir de las cifras anuales. En la primera edición tuvo su mayor efecto en la cifra de desempleados del año 2015 tras alcanzar un grado del 10,19%. La segunda edición ha tenido un efecto superior al 3% en el número de jóvenes parados de 2017 y 2018.

Los resultados ponen de manifiesto que la primera edición tuvo impacto en la reducción de la cifra de jóvenes parados del año 2015, ya que los 34.453 jóvenes que finalizaron su contrato en dicho ejercicio representaban el 91,93% de la cifra neta de variación del número de jóvenes parados entre 2014 y 2015. La segunda edición ha tenido un peso similar en los dos años que ha estado activa, posibilitando una reducción del paro juvenil de un 24%.

Esta iniciativa se configura como un procedimiento de concesión de ayudas. Se inicia a solicitud de los ayuntamientos, que tienen la condición de entidades beneficiarias. Se tramita y resuelve en régimen de concurrencia no competitiva. La cuantía máxima de la ayuda para cada municipio se calcula según el nivel de desempleo juvenil y de la población de cada uno.

Los destinatarios de estas ayudas son los jóvenes andaluces de entre 18 y 29 años mediante la formalización de un contrato por parte de los ayuntamientos andaluces. La duración de los contratos es por un periodo máximo de seis meses (primera edición) o por un periodo mínimo de seis meses (segunda edición).

Las disponibilidades presupuestarias establecidas en la normativa de aplicación han sido de 323,95 millones de euros, de los cuales 173,95 millones de euros se destinaron a la primera edición en los ejercicios 2014 y 2015, y 150 millones de euros se consignaron para la segunda edición en el ejercicio 2016. El Servicio Andaluz de Empleo (SAE) ha sido el órgano gestor de las políticas de empleo de la Junta de Andalucía.

La primera edición tuvo un mayor impacto en los municipios de menor dimensión, a diferencia de la segunda edición, cuyo efecto fue más fuerte en los grandes municipios.

El perfil de género ha variado de una mayor contratación de hombres respecto a las mujeres a casi una situación de equilibrio. Prácticamente la totalidad de los beneficiarios tiene estudios secundarios obligatorios. El colectivo con mayor impacto ha sido el de las personas con más de un año desempleada.

El nivel de ejecución del gasto ha sido prácticamente del 100%. Más del 73% del número de ayuntamientos participantes han tenido expedientes de reintegro, por importes globales de 8,12 millones de euros en la primera edición y 6,21 millones de euros en la segunda. Dichas cantidades han representado el 4,89% y el 4,17% de las obligaciones reconocidas en cada edición.

EL SAE DEBE HACER UN PLAN DE SEGUIMIENTO

Entre las recomendaciones que la Cámara de Cuentas dirige al SAE, figura que "no dispone de un registro de los principales hitos del procedimiento de concesión de las ayudas que refleje, entre otras cuestiones, las fechas de presentación de la solicitud, de resolución de concesión, del pago y de la presentación de la documentación justificativa".

El organismo de fiscalización externa traslada al SAE que debe "automatizar toda la gestión de estas ayudas, desde la solicitud a la justificación, para disponer de un registro que detalle información relevante de cada uno de los jóvenes y ayuntamientos beneficiarios".

La Cámara de Cuentas propone que la Consejería competente en materia de empleo, a través del SAE, "debe elaborar un programa o plan estratégico que defina objetivos claros y medibles en materia de empleo de personas jóvenes", de manera que esta actuación estratégica concrete "objetivos, sub-objetivos, actividades y medidas, así como los indicadores y las fuentes de información para posibilitar su seguimiento y evaluación".

"El SAE debe elaborar y aprobar un Plan de Seguimiento y Control del Programa Emple@Joven, que incluya las actuaciones a ejecutar para verificar el cumplimiento de los objetivos de las distintas iniciativas, no sólo de la ICSC fiscalizada", ha argumentado la Cámara de Cuentas, que reclama aspectos como "contemplar la valoración del impacto agregado y complementario de dichas iniciativas sobre la creación de empleo y empleabilidad de los jóvenes, potenciando los indicadores de inserción".

La Cámara de Cuentas insta al SAE a "elaborar y emitir informes de evaluación con mayor alcance en la eficacia, eficiencia y economía, que además permitan la comparación de las distintas ediciones celebradas de la ICSC".

El organismo fiscalizador sostiene que las cantidades previstas para las contrataciones de jóvenes "deberían aumentarse para atender las diferencias salariales con los convenios de los ayuntamientos, los costes asociados a la gestión de estas ayudas y el incremento del IPC".

"El SAE debe aligerar y agilizar los tiempos de tramitación de las ayudas fiscalizadas para evitar el incumplimiento normativo", conccluye la Cámara de Cuentas.