El Tribunal de Cuentas condena a Guerrero a devolver 30.000 euros de ayudas a una empresa de su chófer

Francisco Javier Guerrero Benítez. Ex director general de Trabajo y Seguridad Social. asiste a la sesión del juicio sobre el denominado procedimiento específico por el que se concedían ayudas a expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares
Francisco Javier Guerrero Benítez. Ex director general de Trabajo y Seguridad Social. asiste a la sesión del juicio sobre el denominado procedimiento específico por el que se concedían ayudas a expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares - Jesús Prieto - Europa Press - Archivo
Publicado: miércoles, 10 julio 2019 15:31

SEVILLA, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Cuentas ha condenado al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Francisco Javier Guerrero a devolver la cantidad de 30.000 euros de las subvenciones concedidas a la sociedad Sapphire Grupo Empresarial, cuyo propietario es su chófer Juan Francisco Trujillo, entidad que también ha sido declarada responsable contable directa por la ayuda que percibió con cargo a la partida 31L de los ERE.

En la sentencia, de fecha de 23 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal de Cuentas ha considerado a Guerrero y a Sapphire como "responsables contables directos" de un "menoscabo en los fondos públicos por importe de 30.000 euros", al tiempo que ha señalado como "responsable contable subsidiario" a Trujillo.

En concreto, el fallo condena a Guerrero y a Sapphire a abonar "de manera solidaria" el importe de 30.000 euros así como los correspondientes intereses legales. Igualmente, la Sala les ha condenado, junto a Trujillo, al pago de las costas del proceso judicial que se celebró, en audiencia previa, el pasado 11 de marzo de 2019 y en el que actuaron como demandantes la Fiscalía y la Junta de Andalucía.

El tribunal considera probado que el 3 de agosto de 2006 la empresa Estudios Jurídicos Villasís hizo una transferencia por importe de 30.000 euros a Sapphire por el concepto "devolución prov. Fondos" y que ese mismo día esa entidad remitió un fax a la Dirección General de Trabajo adjuntando copia de la transferencia realizada a Sapphire. Así, considera probado que Trujillo, "que era conductor de Guerrero en el momento en que se hizo esta transferencia", es propietario de la empresa Saphhire.

En este sentido, el tribunal apunta que los hechos en que se basan las pretensiones de la parte actora fueron investigados en las actuaciones previas 116/2013, de este Tribunal de Cuentas que a su vez se basaron en el informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de fecha 18 de octubre de 2012, sobre las ayudas sociolaborales a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE) y empresas en crisis otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicios 2001-2010. Así, en el grupo de expedientes de ayudas concedidas a las empresas con dificultades de viabilidad investigados se encuentra el referido a la ayuda a Sapphire cuyo importe total abonado asciende a 30.000 euros.

De igual modo, la Sala señala que "no ha quedado acreditado" en los expedientes de concesión de las ayudas a empresas "las razones de interés social o económico" que requiere la legislación por lo que "se ha realizado un uso inadecuado de la figura de las transferencias de financiación como procedimiento de ejecución presupuestaria para tramitar las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo con cargo al programa 31L", lo que ha conducido "a la ausencia de la preceptiva fiscalización previa, adecuada a la naturaleza del gasto subvencional".

Continuando esa línea, el Tribunal de Cuentas apunta que estas ayudas se han otorgado "prescindiendo absolutamente del procedimiento administrativo establecido al efecto". "Asimismo, ni se ha exigido por la Administración, ni ha quedado acreditado por el beneficiario, el cumplimiento de las finalidades para las que fueron concedidas, ni la correcta aplicación de los fondos", añade.

Tal y como reseña la sentencia, el pago con fondos públicos, en
concepto de ayuda o en cualquier otro concepto, realizado "prescindiendo absolutamente del procedimiento administrativo establecido al efecto y con absoluto desprecio de las exigencias más elementales derivadas de la normativa aplicable en materia de gasto público", constituye "un hecho dañoso" para los fondos públicos que debe ser calificado como "malversación".

ALEGACIÓN DE GUERRERO

En este proceso, la representación legal de Guerrero alegó que las responsabilidades contables "estarían prescritas" respecto de su representado, ya que éste cesó en su cargo el 29 de abril de 2008 y "no formó parte posteriormente de ningún organismo sujeto a fiscalización",
razón por la cual "no tuvo conocimiento" de ningún procedimiento fiscalizador que pudiera haber interrumpido el plazo de prescripción.

Ante este recurso, la Sala recuerda que la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas en su disposición adicional tercera establece que las responsabilidades contables prescriben por el transcurso de cinco años contados desde la fecha en que se hubieren cometido los hechos que las originen por lo que la prescripción en este procedimiento "debe fijarse en el momento en que se produjo la salida dineraria", esto es, el 3 de agosto de 2006, que es cuando consta que se hizo la transferencia de 30.000 euros a Sapphire.

Igualmente, apunta que la actuación fiscalizadora como el referido proceso penal llegaron a conocimiento de Guerrero "dada su amplia e incuestionable divulgación pública", que en los medios de comunicación se denominó el caso de los ERE, por lo que "interrumpieron" el plazo de prescripción de los cinco años.

Por tanto, todo ello da lugar, a juicio del Tribunal de Cuentas, a la desestimación de la alegación de prescripción hecha por la representación del que fuera director general de Trabajo.

TESTIMONIO DE TRUJILLO

Con todo, la Sala recoge que estos hechos quedaron probados tras las diligencias de investigación desarrolladas así como la declaración como investigado en sede judicial de Trujillo quien reconoció que fue conductor de Guerrero y que durante el tiempo en que desempeñó este trabajo "percibió ayudas que le concedió éste con cargo a fondos públicos de la Junta a través de sociedades creadas con este único fin y de las que él era propietario, destinando el dinero obtenido a actividades privadas que nada tenían que ver con una utilidad pública" y que entre las empresas creadas y de las que él era propietario, "se encuentra Sapphire".

"De todo ello se desprende que el dinero de la Junta de Andalucía salía del control de la Intervención de la Junta a través de unas entidades privadas interpuestas que participaban en los hechos actuando como meras depositarias del dinero y pagadoras de éste a quienes la
propia Dirección General de Trabajo ordenaba que se hiciese la entrega, siendo en definitiva ésta la verdadera titular y propietaria de dichos fondos", concluye la Sala.