El TSJA anula la resolución de la Junta que encargaba a una empresa pública tramitar ayudas del Bono Alquiler

Archivo - Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía).
Archivo - Fachada de la sede del TSJA en Granada (Andalucía).- EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Actualizado: viernes, 6 noviembre 2026 11:01

SEVILLA 6 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la resolución de marzo de 2025 de la Consejería de Fomento de la anterior legislatura en virtud de la cual se encargaba a la empresa pública Tragsatec la ejecución de actuaciones y tareas de apoyo administrativo en la gestión de expedientes de concesión de ayudas, concretamente de los programas Ecovivienda y Bono Alquiler Joven.

En la sentencia de octubre de 2026, el Alto Tribunal andaluz "no comparte la tesis de la administración", que alegó al recurso presentado por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) que "estaba acreditada la insuficiencia de medios propios" para el "elevado número de solicitudes". Estimaba además la Administración en su escrito que no toda intervención en un procedimiento administrativo necesita o precisa de la intervención de funcionarios de carrera.

El TSJA, aunque reconoce que esta --el uso de empresas para apoyar en tareas administrativa-- es una práctica "generalizada", argumenta que "estamos ante un procedimiento de otorgamiento de ayudas económicas y entendemos que la intervención del personal no funcionario es de suficiente intensidad como para entender comprometido el ejercicio de autoridad".

"El apoyo administrativo compromete o puede comprometer el ejercicio de las potestades públicas (...) Se encomiendan a personal laboral tareas que, por comportar ejercicio, de forma directa o indirecta, de potestades públicas, le están proscritas", asegura el TSJA en la sentencia consultada por Europa Press. Por ello, estima el recurso presentado por SAF, condena a la Junta al pago de 1.500 euros en concepto de costas y recuerda que es posible un recurso de casación.

El Sindicato Andaluz de Funcionarios recurrió en octubre de 2025 la resolución de la Consejería alegando que "se cuentan por decenas los encargos, encomiendas de gestión, a esta entidad --Tragsatec--, convertida con el paso del tiempo en una Administración paralela, con el peligro que ello conlleva", ya que los citados encargos se hacen con "idénticas excusas: falta de personal técnico, sobrecarga de trabajo y agilización de trámites administrativos". Esta manera de actuar si se "perpetúa en el tiempo" supone, a juicio de SAF, convertir al personal de Tragsa y su filial en un "cuasi empleado público".

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