MADRID 6 Nov. (EUROPA PRESS) -
Las personas designadas como presidentes y vocales de una mesa electoral para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre recibirán este año una dieta de 75 euros, cinco más que en los anteriores comicios generales de 2023, cuando la compensación estaba fijada en 70 euros.
Esta subida fue aprobada por el Ministerio del Interior mediante la Orden INT/650/2026, de 23 de junio, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 27 de junio. La nueva cuantía, que entró en vigor al día siguiente, se aplica a los miembros de las mesas electorales en los procesos regulados por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
CUÁNTO COBRAN EL PRESIDENTE Y LOS VOCALES DE UNA MESA ELECTORAL
La dieta de 75 euros es la misma para el presidente y los dos vocales que integran cada mesa electoral, aunque sus funciones y responsabilidades durante la jornada son diferentes.
Además, la normativa establece que los miembros de mesa tienen derecho a percibir el importe íntegro, independientemente del tiempo durante el que hayan desempeñado su cargo.
¿COBRAN LOS SUPLENTES DE UNA MESA ELECTORAL?
En el caso de los suplentes, el derecho a cobrar esta cantidad depende de si finalmente tienen que desempeñar algún cargo. Aunque también están obligados a presentarse en el colegio electoral a las 8.00 horas del día de las elecciones, su asistencia no implica automáticamente que vayan a recibir la dieta.
Según establece el BOE, los suplentes únicamente percibirán los 75 euros si finalmente tienen que sustituir a alguno de los miembros titulares y asumir sus funciones.
Por tanto, quienes acudan al colegio electoral y puedan marcharse una vez constituida la mesa, al no ser necesaria su participación, no recibirán ninguna compensación económica.
QUÉ PERMISOS LABORALES TIENEN EL PRESIDENTE Y LOS VOCALES
Además de la dieta económica, los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que sean designados miembros de una mesa electoral tienen derecho a determinados permisos laborales.
Según informa el Ministerio del Interior, podrán disfrutar de un permiso retribuido durante toda la jornada electoral si ese día es laborable para ellos. Asimismo, tendrán derecho a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo el día inmediatamente posterior a las elecciones.
En el caso de los comicios del 29 de noviembre, que se celebrarán en domingo, esta reducción corresponderá al lunes 30 de noviembre para quienes tengan jornada laboral ese día.
Los suplentes que finalmente tengan que asumir un puesto en la mesa también podrán disfrutar de estos derechos laborales. Sin embargo, quienes no lleguen a sustituir a ningún titular no tendrán derecho a estos permisos por su condición de suplentes.
Por otra parte, el Ministerio del Interior especifica que los trabajadores con turno de noche también están contemplados en la regulación de estos permisos, con particularidades en el cómputo de la jornada electoral y la reducción de cinco horas.
Las personas designadas para formar parte de una mesa pueden consultar también qué tiene que hacer el presidente y cuáles son las funciones de los vocales durante las elecciones del 29N, así como sus horarios, obligaciones y cuándo pueden abandonar el colegio electoral.