Absueltos en Sevilla un exalcalde y diez personas más acusadas de blanqueo de capitales del narcotráfico

No ha quedado acreditado que las empresas de las que participaban fuesen usadas para "lavar dinero" procedente de la droga

Archivo - La Audiencia de Sevilla
Archivo - La Audiencia de Sevilla - María José López - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: viernes, 28 enero 2022 12:02

SEVILLA, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha absuelto a once personas juzgadas entre finales de noviembre y principios de diciembre de 2021, del presunto delito de blanqueo de capitales que les atribuía la Fiscalía después de que tres de ellos fuesen condenados por narcotráfico. Según la sentencia, no ha sido probado que las empresas investigadas y relacionadas con estas personas fuesen creadas "con la sola finalidad de lavar el dinero obtenido de operaciones de narcotráfico".

Según la sentencia, emitida el pasado 12 de enero y recogida por Europa Press, los acusados son José Maria P.R, con antecedentes penales; Josefa S.J.; Miguel Angel P.S., con antecedentes penales; Susana P.S., con antecedentes penales; Maria José P.S.; Rocío P.S.; Milagros L.J.; Carmelo P.R,; José Antonio P.L.; María José S.R. y José Luis G.R., este último exalcalde de Las Cabezas de San Juan.

La sentencia declara probado que José Maria P.R, Miguel Ángel P.S. y Susana P.S. fueron condenados en 2014 por un delito contra la salud pública, declarando probado aquella condena que "las investigaciones policiales de las operaciones de narcotráfico por las que fueron condenados" se saldaron con el decomiso de una embarcación con 1.522 kilos de hachís y otra embarcación más con 1.265 kilos de la misma droga.

"José María P., su esposa Josefa S.J., sus hijos Miguel Ángel P., Susana P., su hermano Carmelo P.R. y su mujer, Milagros L.J., y el hijo de estos José Antonio P.L. son participes de diversas sociedades, así como José Luis G. R., sociedades que no resulta acreditado hayan sido creadas o utilizadas para otorgar carácter lícito a dinero obtenido por operaciones de narcotráfico; tampoco resulta acreditado que los mismos y además María José P.S. y Rocío P.S., hijas de José María P.R. y María José S.R., hayan adquirido ienes inmuebles o vehículos con efectivo procedente del narcotráfico", considera la Sección Cuarta de la Audiencia.

LA PRIMERA DE LAS EMPRESAS

Respecto a "la Sociedad Nivelaciones el Puerto S.L y de las operaciones por ella realizadas, no es posible inferir que fuera creada con la finalidad de ocultar la ilícita procedencia del dinero proveniente del tráfico de sustancias estupefacientes, dada la fecha de su constitución, la constatación de que la misma ha tenido actividad comercial propia de su objeto social y que no es posible inferir que los bienes inmuebles que posee la misma hayan sido obtenidos con dinero procedente de la venta de droga", determina la Audiencia.

La sentencia expone que "tampoco resulta que la Sociedad Captur 4 S.L. fuera constituida con la finalidad de otorgar apariencia licita a los beneficios obtenidos por José María P. del narcotráfico", considerando que tampoco está "acreditado en modo alguno que la sociedad G.P. Consulting S.L. fuera constituida con los beneficios obtenidos por José María P. de la venta de drogas y para darle apariencia de lícitos".

NO QUEDA ACREDITADO

La Sección Cuarta de la Audiencia resuelve además que "tampoco queda acreditado que la sociedad Movimientos de Tierra H.P. S.L. se constituyera para dar apariencia licita a dinero procedente del narcotráfico".

"No queda acreditado que las sociedades mencionados fueran sociedades pantalla creadas con la sola finalidad de lavar el dinero obtenido por el acusado José María P. de operaciones de narcotráfico, pues las mismas fueron constituidas antes de que pudiera estimarse acreditado que el mismo pudiera obtener ganancias de dicha criminal actividad, y lo fueron además con bienes ya preexistentes en el patrimonio de los acusados, adquiridos por ellos antes de que pudiera relacionarse a dicho acusado con el delito contra la salud pública, en muchos ocasiones adquiridos con préstamos por ellos solicitados e incluso procedentes de herencias", resume la sentencia, que absuelve a los once acusados del presunto delito de blanqueo de capitales que se les achacaba.

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado