SEVILLA 11 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a dos empleados de la entidad Vitalia de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en una pieza separada del caso ERE relativa a la ayuda de 1.524.718,97 euros concedida por la Junta de Andalucía a Siemens Metering S.A., al considerar que no ha quedado "suficientemente acreditada" su participación en el otorgamiento de dicha ayuda.
Según ha informado la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en el juicio, la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones ejercidas por el PP-A y la Junta de Andalucía solicitaron para los dos investigados tres años de prisión y siete años y seis meses de inhabilitación absoluta como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación. Además, reclamaban que indemnizaran a la Junta, solidariamente y de manera subsidiaria con Vitalia, con 1.524.718,97 euros en concepto de responsabilidad civil.
En la sentencia, fechada el 8 de septiembre y notificada este jueves a las partes, el tribunal ha considerado probado que Siemens Metering, cuya planta de Sevilla había reducido producción y plantilla, presentó el 26 de marzo de 2002 una solicitud de ERE por causas económicas, técnicas y productivas en la Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta.
El tribunal ha añadido que esta iniciativa estuvo precedida de reuniones entre la dirección de la empresa, el comité de empresa y representantes de la Junta, con el fin de resolver el conflicto laboral. Según ha indicado, el periodo de consultas culminó el 12 de abril de 2002 con un acuerdo para extinguir 35 contratos, con indemnizaciones por 2.854.565 euros que se aportarían a una póliza de seguro colectivo de renta.
Se pactó también, aunque no se firmó "formalmente", que la Consejería de Empleo completaría esa cantidad con 1.524.718,97 euros, para alcanzar el 92 % de los salarios netos de los trabajadores afectados. El 15 de abril se amplió el ERE a 36 empleados, elevando la aportación de Siemens a 2.939.043 euros. El ERE fue aprobado el 18 de abril de 2002 y Siemens firmó la póliza el 30 de abril, con Banco Vitalicio como aseguradora y la mediadora Irso Empresarial, del Grupo Vitalia.
El entonces responsable de la Dirección General de Trabajo comunicó el 16 de mayo de 2002 el compromiso de pago de 1.524.718,97 euros a la póliza. Posteriormente, el 5 de noviembre de 2003, la Dirección General de Trabajo y el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) firmaron un convenio para la gestión de la ayuda, que fue abonada en 2004 con cargo a la partida 31L.
Los magistrados han subrayado que los acusados trabajaban en Banco Vitalicio, uno como consultor en Sevilla y otro como supervisor en Madrid, pero consideran que no ha quedado acreditada su participación en la concesión de la ayuda por parte de la Junta, que se realizó sin seguir el procedimiento administrativo previsto para su concesión.
Por otra parte, la sentencia ha señalado que la Junta de Andalucía no ha reclamado cantidad alguna a los trabajadores beneficiados.
El tribunal ha enmarcado que, aunque la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) detectó que en la concesión de la ayuda se prescindió de "trámites esenciales", como la falta de expediente administrativo, solicitud o documentación justificativa, no se ha probado que los acusados pudieran ser considerados cooperadores necesarios.
La Audiencia ha concluido que no consta la vinculación de los acusados con los responsables de la Administración en el otorgamiento de la ayuda, ni que participaran en la negociación del ERE o en los acuerdos adoptados. La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Con esta resolución son ya 23 las sentencias dictadas en piezas separadas del caso ERE.