BOP publica las bases del fondo extraordinario de ayuda a ayuntamientos de la provincia, dotado de 10 millones

Actualizado: sábado, 10 septiembre 2011 16:45

SEVILLA, 10 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado este sábado las bases por las que se regula la creación y gestión de un Fondo Financiero Extraordinario de Anticipos Reintegrables de Tesorería, dotado con 10 millones de euros, a ayuntamientos de la provincia de Sevilla con convenio con el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), aprobado este viernes en sesión extraordinaria del Pleno de la Diputación de Sevilla.

En la resolución publicada en el BOP y recogida por Europa Press, el Área de Hacienda de la Diputación de Sevilla concreta que el objeto de estas bases es regular la creación y gestión de un Fondo para ayuntamientos de la provincia sevillana que se encuentren en una situación financiera de "emergencia grave", estableciendo ayudas a municipios con Remanente de Tesorería Ajustado negativo y con reducida capacidad para solicitar anticipos extraordinarios a cuenta de la recaudación del ejercicio 2011, o tengan retenciones significativas de los fondos procedentes de la Participación en los Tributos del Estado y/o de la Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma.

Y es que, con este Fondo establecido por la Diputación Provincial, se pretende contribuir al equilibrio del Presupuesto de Tesorería, mediante una ayuda monetaria "única y en un solo pago", que permita hacer frente a las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos de personal en el ejercicio 2011, en los términos que en su articulado se establecen.

Además, tendrá la naturaleza de ingreso de Derecho Público en la modalidad de anticipo reintegrable sin devengo de intereses, a cuenta de los recursos que hayan de recibir los ayuntamientos por recaudación de tributos, y será reintegrado a través de los anticipos mensuales ordinarios, regulados en los respectivos Convenios de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria de Ingresos de derecho público formalizados con el OPAEF.

Por otro lado, el Fondo está destinado a aquellos ayuntamientos de la provincia con población inferior a 150.000 habitantes, que tengan Convenio vigente de delegación de recaudación con el OPAEF, con cuyos recursos garantizar su devolución.

Entretanto, para tener la condición de beneficiario, los participantes deberán acreditar alguna de las siguientes situaciones: Remanente de Tesorería ajustado negativo referido a la última Liquidación aprobada y, simultáneamente, contar a fecha 1 de septiembre de 2011, con un saldo neto disponible del anticipo anual del OPAEF inferior al 10 por ciento; acreditar Remanente de Tesorería ajustado negativo, referido a la última liquidación aprobada, y retenciones superiores al 25 por ciento del volumen total de las entregas a cuenta previstas para el ejercicio 2011, en las cantidades recibidas durante el periodo enero a agosto, por los conceptos de cesión de impuestos y Fondo Complementario de Financiación (PTE); o bien el remanente de Tesorería ajustado negativo referido a la última Liquidación aprobada y, simultáneamente, contar a fecha 1 de septiembre de 2011, con un saldo neto disponible de las cantidades a recibir en concepto de Participación en los Tributos de la Comunidad Autónoma (PATRICA) igual o inferior al 25 por ciento de las previsiones anuales.

De esta manera, el Fondo se constituye con una cuantía máxima de 10 millones de euros, y será financiado con la aportación de la Diputación Provincial de Sevilla y el OPAEF. Mientras, el anticipo reintegrable será destinado obligatoriamente por cada Ayuntamiento beneficiario, a cubrir el déficit de tesorería para hacer frente a las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos de personal del ejercicio 2011, excluidos los relativos a Programas subvencionados con recursos externos.