Cámara de Cuentas dice que Educación no ha realizado el "oportuno control" sobre gestión económica de centros docentes

Actualizado: viernes, 21 junio 2013 14:10

SEVILLA, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha señalado este viernes que la Consejería de Educación no ha realizado el "oportuno control y seguimiento" de lo dispuesto en la Orden de 10 de mayo de 2012, la norma que dicta instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Administración andaluza.

En este sentido, la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su informe, apunta que "el único control" que realiza la Consejería sobre los procedimientos previstos en esta Orden es el relativo a la certificación de la aprobación de las cuentas. "Un control manual y de carácter formal, que no identifica las debilidades e incumplimientos" que señala el informe.

En este sentido, señala que la Consejería "no tiene implantado procedimiento de control interno que detecten los incumplimientos de la normativa de aplicación por parte de los centros docentes públicos no universitarios".

Entre estos "incumplimientos" se encuentra la falta de vinculación entre ingresos finalistas y los gastos afectados, acumulación de facturas y justificantes de gastos en un único asiento de gasto, registro de gastos en cuentas que no se corresponden con su naturaleza, facturas y contratos por importe superior a los límites de la contratación menor, competencia que no tienen los centros docentes, no llevanza del registro de inventario o registro con incidencias, no se detallan las partidas conciliatorias en las conciliaciones bancarias y en las actas de arqueo de caja.

Además, ha puesto de manifiesto una serie de debilidades de control interno, que recomienda corregir tanto por los centros docentes como por la Consejería de Educación. Entre estas ha destacado la falta de documentación de la selección de los proveedores, llevanza del inventario en programas no integrados en el sistema Seneca, el registro de inventario previsto en la Orden de 10 de mayo de 2006 no incorpora la valoración de los elementos ni la correlación con el registro de gastos.

De igual manera, también apunta que no hay un procedimiento relativo a la revisión de la documentación justificativa de los gastos que pudiera analizar su adecuación, razonabilidad y corrección; no hay controles sobre los saldos de los registros de movimientos de caja, pudiendo ser negativos, y en los supuestos de contratación menor, sería recomendable elaborar una memoria justificativa que acredite previamente la existencia de una necesidad de gasto por satisfacer.

El informe de fiscalización realizado por la Cámara de la Cuenta de los centros docentes públicos nos universitarios dependientes de la Consejería de Educación de los cursos escolares 2008/2009, 2009/2010 y 2010/2011 también insta a la Administración a realizar una evaluación cuantitativa y cualitativa de la gestión realizada y de su repercusión en el sistema educativo, a fin de optimizar la gestión de los recursos.

En cuanto a los criterios definidos por la Consejería de Educación para determinar la asignación de los gastos de funcionamiento a los instituto de educación secundaria, secciones de institutos de educación secundaria, institutos provinciales de educación permanente, centros de enseñanzas de régimen especial y residencias escolares, la Cámara de Cuenta señala que "resultan de difícil verificación" al versar sobre un conjunto de variables y características específicas de cada centro docente.

Respecto al registro de ingresos y gastos, asevera que "el retraso del pago" de los últimos libramientos de la Consejería para el curso 2010/2011 ha supuesto que los centros docentes públicos no universitarios registren dicho ingreso "incumpliendo" la Orden de 10 de mayo de 2006. Además, añade que "esta demora ha dificultado la gestión económica de los centros y, por tanto, su funcionamiento ordinario.

También hace hincapié en que un total de 442 centros docentes públicos no universitarios no registran sus operaciones en el módulo de gestión económica del sistema Seneca.

Por último, recomienda a la Consejería de Educación que refuerce su papel de asesoramiento y consulta a los responsables de los centros en gestión contable, control interno y funcionamiento de los distintos módulos del sistema Seneca.