Chamizo demanda crédito para pagar ayudas a dueños de viviendas en alquiler que no las recibieron por faltar presupuesto

Actualizado: domingo, 21 noviembre 2010 12:14

SEVILLA, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, ha pedido al Estado y la Junta que se genere "un crédito suficiente destinado a asumir, hasta la fecha en que se determine, las subvenciones que correspondan" a los propietarios de viviendas libres en alquiler que optaron a ayudas y que cumpliendo todos los requisitos no las han recibido "por las limitaciones presupuestarias".

Asimismo, ha demandado a la Junta que informe a los dueños de las viviendas libres en alquiler que informen de las limitaciones económicas de las ayudas existentes "por falta de presupuesto".

El Defensor ha emitido una resolución, consultada por Europa Press, formulada en la queja dirigida a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda relativa a la denegación de solicitudes de subvención a los propietarios de viviendas libres desocupadas cedidas en alquiler a través de las agencias de fomento de alquiler por falta de disponibilidad presupuestaria.

En dicha resolución se apunta que la oficina viene recibiendo "numerosos escritos de queja" relativos a la denegación "por falta de disponibilidad presupuestaria de la subvención a los propietarios de viviendas libres desocupadas cedidas en alquiler a través de agencias de fomento del alquiler", ante lo que los solicitantes de estas subvenciones "han visto defraudadas sus expectativas al haberse denegado sus solicitudes".

Estas subvenciones fueron incluidas en el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda, posteriormente fueron incorporadas a la normativa autonómica, en primer lugar, al entonces vigente Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007 y posteriormente al Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012.

El Defensor destaca el elevado número de solicitudes, de forma que "aunque inicialmente se conveniaron 2.157 actuaciones, finalmente se han otorgado 7.537". En su resolución, el Defensor reconoce que "estas subvenciones han estado siempre limitadas por las disponibilidades presupuestarias".

Sin embargo, pese a esa "apariencia de permanencia", el Plan Estatal 2005-2008, que contemplaba estas subvenciones, fue derogado en virtud de lo dispuesto en el decreto que regula el vigente Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, que no incluyó entre sus programas este tipo de ayudas a propietarios de viviendas libres cedidas en alquiler. En consecuencia, al tratarse de ayudas estatales, aunque gestionadas desde las comunidades autónomas, fueron igualmente suprimidas de las previsiones normativas de Andalucía y el decreto que modificaba el Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, dejaba sin contenido el anterior Plan Concertado en ese aspecto.

Por lo tanto, la regulación de estas ayudas y su existencia, una vez derogadas en la normativa estatal, fueron posteriormente derogadas en la normativa autonómica "pero pese a ello, el gran número de solicitudes presentadas mientras han estado vigentes estas ayudas, y probablemente una vez derogadas formalmente, ha provocado, lamentablemente, un importante desajuste entre los fondos destinados a esta finalidad y el total de las ayudas solicitadas".

En esas ayudas, la cuantía de la subvención era de 6.000 euros, y se destinaría en parte a cubrir los gastos que se ocasionaran para asegurar contra posibles impagos y desperfectos. A cambio, el titular de la vivienda, además de ceder la misma en alquiler por el plazo mínimo de cinco años, debía fijar una renta máxima anual inicial del 5,5 por 100 del precio máximo legal de referencia de la vivienda, determinable aplicando a una superficie útil que no podría exceder de 90 metros cuadrados, el precio legal de referencia de las viviendas protegidas de nueva construcción para arrendamientos de renta concertada.

El Defensor precisó que no se observa irregularidad en la denegación de las ayudas por el hecho de que las mismas "han estado siempre limitadas por las disponibilidades presupuestarias destinadas a esta finalidad".

No obstante, apunta la necesidad de que en un futuro se informe "con la máxima claridad y transparencia sobre la posibilidad de que, pese a reunir los requisitos para resultar beneficiarios, los propietarios solicitantes no puedan acceder a estas subvenciones por esos motivos, destacando esta información de forma clara y visible en los impresos, o bien se arbitre un mecanismo que permita, al tiempo de ofertar la vivienda y firmar el contrato, conocer, con antelación si el arrendador va a poder recibir las ayudas previstas, vinculando la formalización del contrato que se realice a través de estas agencias con el compromiso de pago por parte de la Administración de las ayudas concebidas con esta finalidad".

SUGERENCIAS

Por ello, el Defensor ha expresado una serie de sugerencias, como incluir en las campañas publicitarias a través de las cuales se divulgan las ayudas de este tipo una mención expresa de que las ayudas "se encuentran limitadas por las disponibilidades presupuestarias".

Demanda que se articulen mecanismos "a través de los cuales los potenciales solicitantes de estas ayudas puedan conocer cuál es el número de actuaciones conveniadas entre Junta y Gobierno, toda vez que de este número va a depender, en principio, el número de solicitudes estimadas". "Se trataría de lograr una difusión parecida a la alcanzada con las ayudas directas para la compra de vehículos del Plan 2000E de apoyo a la renovación del parque de vehículos", agregó.

Asimismo, el Defensor considera necesario "exigir de las agencias de fomento del alquiler colaboradoras que, entre la información que faciliten a los potenciales solicitantes de estas ayudas, se encuentre obligatoriamente una mención a las limitaciones presupuestarias y a la existencia de un acuerdo entre Gobierno y Junta donde se limitan el número de solicitudes que pueden resultar concedidas".

Demanda que se incluya en los modelos de solicitudes de estas subvenciones, "una mención expresa de que las disponibilidades presupuestarias limitan la concesión de estas ayudas, así como una mención a la normativa en la que así se establece".

También sugiere que "se articulen mecanismos que, a modo de reconocimiento previo o preliminar, permitan, al tiempo de ofertar la vivienda y antes de firmar el contrato, conocer, con una antelación mínima, si el arrendador va a poder recibir las ayudas previstas, vinculando de alguna manera la formalización del contrato que se realice a través de las agencias, con el compromiso de concesión y pago por parte de la Administración de las ayudas".

Consideró necesario que "una vez que estas ayudas hayan sido agotadas o no se encuentre vigente la normativa que las regula, se adopten las medidas necesarias para dar a conocer esta circunstancia con carácter general, evitando que las agencias de fomento del alquiler continúen tramitando estas ayudas".

Consideró asimismo necesario que "dada la gran cantidad de contratos celebrados en la creencia de que iban a ser destinatarios de las ayudas, se ponga en conocimiento de la comisión correspondiente Estado-comunidades autónomas con objeto de que se genere un crédito suficiente destinado a asumir, hasta la fecha en que se determine, las subvenciones que correspondan para cumplir todos los requisitos y que hasta ahora estén reconocidos".

El Defensor advirtió, por último, de que "si no se adoptan estas medidas, dada la existencia de un gran número de propietarios que han alquilado sus viviendas en la falsa creencia de que se les iba a entregar una subvención de 6.000 euros, es más que probable que la adopción de nuevas medidas destinadas a potenciar el mercado de viviendas en alquiler puedan terminar fracasando al haberse creado una imagen de falta de seriedad".