Archivo - Un turista lee una guía mientras pasea por el casco histórico de Sevilla - María José López - Europa Press - Archivo
SEVILLA 5 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Sevilla publica este viernes el acuerdo plenario del Ayuntamiento hispalense correspondiente al documento inicial de la modificación promovida en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2006, para que las nuevas viviendas turísticas sean tratadas urbanísticamente como servicios terciarios de hospedaje, al igual que los hoteles u hostales, y dejen de ser calificadas como uso residencial con lo que ello implica en materia de requisitos.
El documento inicial de la operación, recogido por Europa Press, especifica que "el uso de hospedaje de los tipos hoteles, hoteles apartamentos y establecimientos de apartamentos turísticos del grupo edificios/complejos podrá desarrollarse en edificios destinados total o parcialmente a viviendas, sólo en caso de que dispongan de elementos de acceso y evacuación adecuados independientes de los del resto del edificio, así como de instalaciones generales de electricidad, agua, o teléfono igualmente independientes".
Además, "la utilización de una vivienda con fines turísticos supone la implantación en la misma de un servicio terciario de hospedaje, por lo que serán de aplicación las condiciones de compatibilidad con el uso residencial establecidas en el artículo 6.2.4 de las normas urbanísticas" y, "en todo caso, su implantación en el edificio deberá ajustarse a lo determinado en las condiciones particulares de las distintas zonas de ordenanza".
Según el concejal de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, el socialista Antonio Muñoz, esta propuesta de modificación del PGOU, sin carácter retroactivo, persigue que las nuevas viviendas turísticas cumplan los mismos requisitos previstos en la normativa urbanística para los establecimientos de hospedaje en función de su ubicación.
Así, serán exigidas las mismas condiciones a las nuevas viviendas con fines turísticos que a los hoteles u hostales en cuanto a los trámites que deben realizar, los requisitos que deben cumplir y los emplazamientos autorizados dentro de un edificio de viviendas.
EL "CRECIMIENTO EXPONENCIAL" DEL NÚMERO DE PISOS TURÍSTICOS
Ello, según sus palabras, para "regular un fenómeno que ha crecido de forma exponencial con anterioridad a la pandemia", toda vez que la indudable proliferación de las viviendas turísticas en zonas de Sevilla como el casco histórico o Triana ha derivado en un debate público en el que diversas voces vienen avisando de la paulatina expulsión de la población local de tales entornos, al ser redestinadas muchas viviendas a fines turísticos, con el consecuente alza en los precios de alquiler de los pisos restantes al escasear la oferta.
La Asociación de Viviendas Turísticas de Andalucía (AVVA) ha anunciado por su parte alegaciones al respecto y el estudio de "medidas legales", opinando que "la normativa aprobada no está ni justificada, ni es proporcional y tampoco es de interés general, por lo que no cumple ninguno de los requisitos que justificarían su adopción".
Según esta entidad, esta regulación "anula cualquier incentivo a la inversión y a la calidad, al tiempo que destruye la posibilidad de que Sevilla vuelva a los niveles de turismo de 2019", momento en el que ya se planteaba la incidencia de la masificación en entornos como el centro o Triana.
De cualquier modo, tras publicar el BOP el acuerdo plenario, según el anuncio recogido por Europa Press, se abre ahora un periodo de un mes para la consulta de la documentación y la formulación de las alegaciones que se estimen oportunas.