SEVILLA 18 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 12 años de cárcel al que fuera jefe del Grupo II de la Unidad de Droga y Crimen Organizado (Udyco) de Cádiz por proporcionar droga a un pequeño traficante con el que trabó contacto para que éste la colocara en el mercado y así detener a sus compradores, "simulando" así "intervenciones policiales con éxito", mientras que también elaboró atestados sobre estas operaciones donde relataba hechos "que no reflejaban la realidad de cómo habían ocurrido los mismos, al omitir toda intervención suya" y del intermediario, "verdaderos artífices de los hechos que en ellos se narraban".
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz condena a V.M.R., defendido por el abogado Pedro Jiménez de Utrilla, a siete años y medio de cárcel y el pago de una multa de 5.360 euros por un delito continuado contra la salud pública, así como a cuatro años y medio de prisión, 4.500 euros de multa y cuatro años de inhabilitación especial con privación del cargo público que como agente de la autoridad desempeña, así como la imposibilidad de conseguirlo por idéntico periodo de tiempo, por un delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público.
Asimismo, la Audiencia Provincial absuelve al exjefe del grupo II de la Udyco de los delitos de denuncia falsa, omisión del deber de perseguir delitos, contra la Administración de Justicia, coacciones y detención ilegal. Además, absuelve a un subordinado del condenado, representado en este caso por el letrado Manuel Manzaneque, del delito de falsedad en documento público u oficial que se le imputaba, y por el que la Fiscalía solicitaba cuatro años y medio de prisión.
La Audiencia Provincial considera probado que el condenado desempeñaba desde el día 1 de octubre de 2005 un puesto desde el que "tenía por objeto la investigación y descubrimiento de las actividades relacionadas con el mediano y pequeño tráfico de drogas", y "casi desde el principio" el intermediario --que ha sido testigo protegido en la causa-- "trabó contacto con él con objeto, en unos casos, de proporcionarle información sobre personas que se dedicaban al tráfico de sustancias estupefacientes, y en otras de propiciar la detención de personas para simular intervenciones policiales con éxito".
Según añade el fallo, todas las actuaciones "eran planeadas directamente con el acusado, quien le decía lo que tenía que comprar para después venderlo, como en el caso llamado 'el búho', o le daba el hachís para que, a su vez, lo vendiera, como en el caso llamado 'la churrera', o le decía lo que tenían que encargar a otros que le compraran, como en el caso del 'hospital Puerta del Mar'", añadiendo que, "durante todo el tiempo que duró la colaboración" entre ambos, el condenado "no permitió" al testigo protegido "que se dedicara al tráfico de estupefacientes como forma habitual de ganarse la vida".
"COLABORACIÓN"
Así, y "en el curso de dicha colaboración", el exjefe de Udyco "sospechaba" que un hombre vendía hachís en un bar conocido como 'Los Cristales' "y que podría ocultar esta sustancia en los lavabos, así como el producto de la venta", por lo que "para asegurarse de que en la entrada del bar que planeaba realizar para investigar ese hecho apareciera hachís", le dijo al intermediario "que colocara una cantidad de esta sustancia en los lavabos", todo ello sin que conste que el subordinado que ha sido absuelto "tuviera conocimiento de este acuerdo".
Tras ello, el testigo protegido colocó en el baño el día 10 de marzo de 2006 hasta 17 gramos de hachís. Al supuesto vendedor, "que estaba en el bar al producirse la entrada de la Policía", le fueron intervenidos en su poder 0,8 gramos de hachís, que eran del cigarro que estaba fumando, y 26,5 gramos de hachís, "que tenía en la mano y en un bolsillo", por todo lo cual fue detenido, aunque posteriormente se archivó la causa "por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que dio lugar a la formación de la causa".
En el atestado realizado por ambos acusados, se hizo constar que "realizadas las gestiones pertinentes, se tuvo conocimiento de que la persona que se encontraba vendiendo sustancias estupefacientes en dicho local, tendría parte del hachís que vendía escondido en el cuarto de baño y que lo iba retirando según iba vendiendo", mientras que "también se detalló donde se habían aprehendido cada uno de los trozos de hachís, incluido el que apareció en el cuarto de baño".
"CARNE FRESCA"
Asimismo, y "por encargo" del exjefe de Udyco --actualmente responsable de la Unidad de Terrorismo Islámico--, el testigo protegido vendió el 11 de marzo de 2006 a una mujer conocida como 'la churrera' 52,8 gramos de hachís "que le había proporcionado" el propio condenado, siendo detenida la mujer "cuando acababa de efectuar la compra", aunque las diligencias previas incoadas fueron archivadas, sin que se condenara a la afectada.
El 8 de mayo de 2006, el testigo protegido vendió a un hombre llamado 'el búho' 989 gramos de hachís, todo ello después de "acordar" con el exjefe de Udyco la realización de la venta, para lo cual éste "le proporcionó 1.500 euros para que comprara el hachís, pues el testigo protegido no tenía el dinero". Así, el acusado le dijo al intermediario "que hiciera la venta en su casa, pues sería más fácil detenerlo", para lo cual le instó a que dijera que estaba enfermo, "cosa que era cierta".
Incluso, el testigo protegido convino con el condenado que le avisaría una vez 'el búho' abandonara su casa, cosa que hizo permitiendo detener a este hombre con 989 gramos de hachís encima, hechos por los que fue condenado por un delito contra la salud pública. En julio de 2006, el exresponsable del grupo II de la Udyco le dijo al testigo protegido, que se encontraba internado en un hospital, "que necesitaba carne fresca, en clara alusión a que necesitaba hacer alguna intervención policial".
Al estar ingresado, el testigo protegido encargó a otra persona que le trajera unas papelinas de cocaína, y así lo hizo, siendo detenido en el momento en que se disponía a entregárselas, aunque las diligencias fueron posteriormente sobreseídas.
"La actuación llevada a cabo por el condenado en los casos conocidos como 'Los Cristales', 'la churrera', 'búho' y 'el hospital' es la de provocar que el testigo protegido cometiera delitos contra la salud pública de los que él era responsable", asevera la Audiencia Provincial.