SEVILLA 19 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve de Sevilla ha condenado en costas al Ayuntamiento capitalino al dar por terminado uno de los procedimientos incoados a cuenta de los recursos promovidos por los mayoristas de pescado del mercado central de abastos cuyos expedientes sancionadores, derivados todos ellos de los cierres patronales protagonizados por el colectivo de empresarios los días 12 y 28 de noviembre de 2009, han sido archivados por la propia Administración local debido a su caducidad. La imposición de las costas es un factor denominador común en la extinción de las diligencias de cada uno de estos recursos, según la representación jurídica de los mayoristas de pescado.
En concreto, y según un auto emitido el 7 de enero de 2011 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve y recogido por Europa Press, la citada instancia judicial acuerda la terminación de la causa incoada a cuenta del recurso impulsado, en 2010, por uno de los mayoristas de pescado contra el expediente sancionador 75/10 promovido en su contra por el Ayuntamiento de Sevilla. "Se ha acreditado la satisfacción extraprocesal por la administración demandada de las pretensiones de la parte actora", señala el auto en cuanto al archivo de este expediente sancionador en concreto.
Estos expedientes sancionadores respondían a la petición del por entonces director general de Mercasevilla, Jordi Maymó, a cuenta de los cierres patronales promovidos por la asociación de mayoristas de pescado del mercado central de abastos de Sevilla los días 12 y 28 de noviembre de 2009.
CIERES PATRONALES
Las movilizaciones del colectivo de empresarios reclamaban la re negociación de los cobros estipulados por la sociedad mixta a cuenta de una serie de servicios impuestos al gremio de mayoristas de pescado. Estos servicios, en concreto, se elevan al 2,025 por ciento en concepto de facturación y cobro del total de ventas y al 1,57 por ciento en el caso del servicio de transporte, manipulación y colocación del género, aspecto popularmente conocido como "arrastre". Ambos gravámenes, según los mayoristas de pescado, fueron declarados contrarios a las leyes de competencia por el Tribunal de Defensa de la Competencia a través de una resolución incluso ratificada por una sentencia de la Audiencia Nacional (AN).
El Ayuntamiento ha resuelto el archivo "por caducidad" de aproximadamente la mitad de los expedientes sancionadores incoados como consecuencia de estos cierres patronales. En efecto, un documento oficial del área de Salud y Consumo del Ayuntamiento de Sevilla firmado el 22 de noviembre por el jefe del Servicio de Consumo, y recogido por Europa Press, declara la "caducidad" de uno de los expedientes, el 073/10 "al haberse superado el plazo de seis meses desde la fecha de inicio del expediente sancionador".
Pero la extinción de las diligencias incoadas a cuenta de los recursos promovidos por la vía Contencioso Administrativa contra estos expedientes, como refleja el citado auto del 7 de enero, ha implicado también la "imposición de las costas causadas a la parte demandada". Y es que los propios empresarios cuyos expedientes sancionadores han sido archivados ya habían elevado escritos a los juzgados correspondientes reclamando esta condena en costas, porque, según uno de estos documentos recogidos por Europa Press, "la administración demandada era perfectamente consciente de la caducidad de la sanción recurrida antes de que se interpusiese el presente procedimiento contra la misma".