Consejo.- La futura Ley de Muerte Digna obligará a los hospitales privados a cumplir con el deseo del paciente

Actualizado: martes, 2 septiembre 2008 18:08

La norma, primera del país, garantizará habitaciones individuales para estos enfermos terminales y acompañamiento familiar

SEVILLA, 2 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta acordó hoy iniciar los trámites del proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, una norma que hará prevalecer, dentro de la legalidad vigente, los derechos del paciente a no recibir determinados tratamientos, así como al obligado cumplimiento de las garantías de estos enfermos por parte de cualquier institución sanitaria, ya sea pública o privada, inclusive de orden religioso. El Gobierno andaluz prevé remitir el texto para su tramitación parlamentaria antes de junio de 2009.

En rueda de prensa al término de la reunión del Consejo de Gobierno, la consejera de Salud andaluza, María Jesús Montero, aclaró de esta forma que la futura ley solventa así situaciones como la vivida el pasado año con Inmaculada Echeverría, cuando la Orden Hospitalaria San Juan Dios pidió su traslado del Hospital San Rafael de Granada, dependiente la citada orden religiosa y donde permanecía la enferma, a otro centro de titularidad pública y una vez se autorizó la desconexión de la ventilación mecánica que la mantenía con vida.

Montero, quien avanzó que el barómetro sanitario de 2007 --cuyos datos se hará públicos en breve-- revela que más del 93 por ciento de los andaluces encuestados coinciden que "todo el mundo tiene derecho a morir dignamente", recalcó así que la futura ley primará la autonomía y voluntad del paciente, por encima de otras consideraciones que pudiesen plantear las instituciones sanitarias.

En cualquier caso, la titular del ramo quiso dejar claro que quedará fuera del paraguas legal del futuro texto normativo la eutanasia activa, "ya que la comunidad no tiene competencia para legislar en esta materia, además de que está tipificado como delito dentro del Código Penal", recalcó.

No obstante, aludió a la importancia de la futura ley andaluza, "primera de estas características" que se aprobará en el conjunto del país, y que hará prevalecer los derechos del paciente que exprese se deseo de limitar las medidas de soporte vital cuando éstas provoquen una obstinación o encarnizamiento terapéutico. Además, la norma también establece la potestad del ciudadano de rechazar o paralizar cualquier tratamiento o intervención, "aunque ello pueda poner en peligro su vida".

OBLIGACIONES DEL PROFESIONAL

El texto también plasma que los profesionales sanitarios que atiendan al paciente en su fase terminal deberán respetar también las decisiones que éste tome sin imponer sus opiniones personales, morales, religiosas o fisiológicas.

De igual modo, los facultativos tendrán la obligación de limitar las medidas de soporte vital cuando lo estimen necesario para evitar la obstinación terapéutica, así como de ofrecer al paciente todas las intervenciones sanitarias necesarias para garantizar su adecuado cuidado.

De acuerdo con el anteproyecto, entre los derechos reconocidos se encuentra el recibir, o no si así lo desea el paciente, información clínica comprensible sobre su diagnóstico y pronóstico, con objetivo de ayudarle en la toma de decisiones.

De igual modo, el texto regulará el derecho del ciudadano a recibir tratamiento del dolor, incluyendo la sedación paliativa cuando lo precise, al tiempo que garantizará los cuidados paliativos integrales, que serán proporcionados, si así lo desea la persona, en su propio domicilio y siempre que no estén contraindicados.

HABITACION INDIVIDUL Y ACOMPAÑAMIENTO FAMILIAR

Montero destacó, igualmente, que la futura norma recogerá el derecho de estos pacientes que tengan que ser hospitalizados a una habitación individual durante su estancia, tanto en el ámbito público como en el privado. Para tal fin, puntualizó que los centros tendrá un período de dos años para garantizar este derecho.

Asimismo, el enfermo podrá estar acompañado "en todo momento" por su familia durante el proceso de la muerte. La intimidad personal y familiar de la persona y la protección de todos los datos relacionados con su proceso de atención sanitaria también están garantizadas.