Declaran improcedente un despido disciplinario a una dependienta absuelta de apropiación indebida en Sevilla

Juzgados de Sevilla
Juzgados de Sevilla - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: miércoles, 26 febrero 2020 18:07

SEVILLA, 26 Feb. (EUROPA PRESS) -

Un Juzgado de lo Social de Sevilla ha considerado improcedente el despido disciplinario a una dependienta de la capital hispalense acusada de apropiación indebida pero absuelta posteriormente por otro juzgado, una sentencia que actualmente está recurrida ante la Audiencia por parte del empresario.

Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, el juez considera "inadmisible" que se le impusiera a la trabajadora la sanción de despido por unos hechos de los que la demandada ha quedado absuelta. Por tanto, ha dictaminado su readmisión o el pago de una indemnización de 7.051,27 euros por el tiempo trabajado, más 1.299,06 euros correspondientes a los salarios de septiembre de 2018 y la parte proporcional de vacaciones 2018.

La joven dependienta llevaba casi seis años trabajando para un conglomerado de zapaterías de la provincia de Sevilla y el 14 de septiembre de 2018 recibió la carta de despido fulminante, justificando la empresa tal decisión dada "la gravedad de hechos" como el incumplimiento de las instrucciones dadas por la empresa sobre la operativa de venta de zapatos, la simulación de una venta, la solicitud de una anulación de un ticket de venta sin causa justificada, así como la negligencia por falta de codificación y anotación en el terminal de punto de venta de las operaciones realizadas.

Esta última acción no tanto por la omisión en sí, sino por la consecuencia que deriva de ésta, es decir, "la eventual apropiación del dinero efectivo derivado de dicha compras que sí se cobran al cliente pero no se registran en la caja".

Fue entonces cuando, representada por el letrado Carlos Jiménez Bidón, socio de Jiménez Bidón Abogados, presentó la pertinente papeleta de conciliación, resultando ésta "intentada sin efecto" 18 de octubre de 2018, por lo que el despacho procedió a interponer demanda judicial ante los Juzgados de lo Social, ha informado el propio bufete en un comunicado.

Ya en el acto del juicio, "el visionado de las cámaras de seguridad instaladas en la tienda corroboraron que en todo momento la dependienta ingresa el dinero en caja y nunca se aprecia que la actora se apropie de esas eventuales diferencias de caja entre las ventas realmente realizadas y las realmente registradas".

Así pues, el juez señala en la sentencia que "no se puede concluir la existencia de ninguna práctica irregular en la actora en la línea que se refiere la carta de despido".