SEVILLA 30 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Federación Andaluza de Promotores Inmobiliarios, Fadeco Promotores, presentará otro recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra una instrucción de la Consejería de Obras Públicas y Transportes que "impone a los ayuntamientos obligaciones de interpretación sobre el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA).
En declaraciones a Europa Press, el secretario general de Fadeco Promotores, Emilio Corbacho, anunció que mañana Fadeco presentará ante el juzgado de lo contencioso administrativo del TSJA en Málaga un recurso contencioso administrativo contra la instrucción dictada en mayo por la Secretaría General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Obras Públicas y Transportes relativa a la elaboración y tramitación de los informes de incidencia territorial de los planes generales de ordenación urbana (PGOU).
Corbacho explicó que en este nuevo recurso, diferente al presentado contra el POTA, los promotores piden la anulación de la citada instrucción y demandan, como medida de carácter provisional la suspensión de dicha instrucción.
Indicó que la impugnación se basa en que "el contenido de la instrucción tiene naturaleza de disposición de carácter general, y no de instrucción" y además "impone obligaciones a los ayuntamientos, que no son órganos jerárquicos de la Consejería, y regula aspectos sustantivos, aspectos todos que exceden de una instrucción".
Corbacho mostró su sorpresa porque esta instrucción, dictada en mayo, "le aporta mayor dureza al POTA precisamente en el momento en que el presidente de la Junta, Manuel Chaves, estaba diciendo que había que buscar una flexibilización del POTA, lo cual es una contradicción".
Explicó que una instrucción "es una demostración del principio de jerarquía del principio de un superior dirigida hacia a sus subordinados sobre cómo tienen que aplicar una norma" y agregó que en este caso "los ayuntamientos no están subordinados a la Junta, sino que son una administración distinta".
A pesar de ello, según los promotores, esta instrucción "impone a los consistorios obligaciones de interpretación del POTA".
Además precisó que esta materia "es de gran trascendencia, por lo que si quería regular haciendo uso de su potestad reglamentaria debería haber sido, por seguridad jurídica, mediante una disposición general, que es una normativa de rango superior, y no mediante una instrucción, ya que una instrucción no se tiene que publicar ni se tiene que notificar de forma oficial, por lo que es imposible impugnarla".
"Nosotros nos hemos enterado de manera informal e indirecta", agregó Corbacho, que insistió en que "por vía de una instrucción se ha regulado una materia que debería ser objetivo, por su importancia, de una disposición general", lo cual constituye "una forma de burlar cualquier tipo de oposición y recurso".
Por otro lado, Fadeco Promotores sigue adelante con su recurso contra el POTA después de que el juzgado de lo contencioso administrativo del TSJA desestimara la petición de los promotores de aplicar medidas cautelares, que implicaban la suspensión cautelar de la norma, al considerar el Tribunal que los intereses de los constructores no pueden primar sobre los generales que conlleva.