Fátima Báñez tras el Consejo de Ministros
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 30 junio 2016 14:59

Moreno Yagüe rechaza los argumentos del Ministerio Público y defiende que "cualquier persona puede denunciar"

SEVILLA, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha solicitado a la Sala Segunda el archivo de la denuncia que presentó el diputado de Podemos y representante de la formación en la comisión de investigación del Parlamento andaluz sobre el presunto fraude en la formación, Juan Ignacio Moreno Yagüe, contra la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, y contra la consejera del Tribunal de Cuentas, María Dolores Genaro Moya, por no acudir al referido órgano parlamentario cuando fueron citadas a declarar.

En su escrito, consultado por Europa Press y fechado en el 13 de junio, el Ministerio Público señala que en cualquier caso el competente para elevar una denuncia así sería el presidente de la Cámara autonómica y no el diputado "en su cualidad de mero ciudadano", así como entiende que ambas sí atendieron al requerimiento de la comisión, "aunque lo objeten jurídicamente".

Apunta la Fiscalía que en la citación no se hacía referencia concreta alguna al objeto de la misma ni a la causa por la que deban informar Báñez y Genaro Moya, "entendiendo razonadamente en su contestación que la causa es el cargo que desempeñan sin que puedan conocer el objeto de su comparecencia ya que la citación solo alude al enunciado general de la comisión".

Asimismo, señala que el Reglamento del Parlamento, concretamente en el artículo 44.1.2, "no incluye que los miembros del Gobierno y cargos fuera del ámbito de la Junta" puedan ser requeridos en una comisión, así como añade que "sus apartados 3 y 4 exigen competencia en la materia objeto del debate con idéntica finalidad, requisito que no cumplía las citaciones cursadas" pues "no permitían conocer ni valorar su pertinencia respecto a la competencias y materia, al no recoger las razones de la citación".

De otro lado, también se refiere al Reglamento de la Cámara para argumentar que en su párrafo segundo "establece que la desatención a la comisión, en concreto la falta de comparecencia, se comunicará por el presidente del Parlamento a la autoridad superior del no compareciente, en este caso del presidente del Gobierno y el presidente del Tribunal de Cuentas, por su procediera exigirle alguna responsabilidad".

Así, sostiene que el diputado de Podemos, en la documentación que adjuntó a la denuncia ante el TS, "no acredita que se haya realizado" esa comunicación a sus superiores, entendiendo así el Ministerio Público que "se atribuye en alguna medida el deber de denunciar que reglamentariamente no le corresponde a él, sino a la Presidencia del Parlamento".

Rechaza también que eleve a categoría de infracción criminal "unas incomparecencias que se han objetado jurídicamente y que tampoco se afirma no hayan sido aceptadas por la Presidencia de la comisión o del Parlamento andaluz".

"Se trata en consecuencia de calificar a priori de delictiva una incomparecencia para obviar los trámites del propio Reglamento del Parlamento y la intervención de la propia Presidencia, acudiendo a la jurisdicción penal en su cualidad de mero ciudadano", concluye la Fiscalía del TS antes de solicitar el archivo de plano de la denuncia de Podemos.

YAGÜE: "LA CUESTIÓN NO ESTÁ NADA CLARA"

De su lado, Juan Ignacio Moreno Yagüe ha rechazado la postura de la Fiscalía porque "cualquier persona puede presentar una denuncia, también a través de la descripción que hace de los cauces el Reglamento del propio Parlamento".

Además, advierte de que el artículo que refleja el Ministerio Público en su escrito --el 44.1.2 del Reglamento-- "se refiere al artículo que habla de las comisiones ordinarias y no a las comisiones de investigación", de manera que señala que "según sus argumentos, cualquier particular podrá decidir que no le convence el llamamiento de la comisión de investigación y que no tiene obligación de comparecer" porque "lo que vale para ellas también debe valer para un particular".

Según Moreno Yagüe, "el Código Penal distingue para poner penas entre los particulares y las autoridades o los funcionarios públicos, a quien impone penas más graves", de ahí que defienda que "si el Código Penal distingue entre unos y otros, querrá decir que se podrá llamar a particulares". "¿Por qué un particular sí habría de comparecer si no tiene ninguna relación con la institución pública y la ministra puede adoptar una postura diferente?", se ha preguntado.

De la misma manera, el diputado de Podemos Andalucía ha lamentado que la Fiscalía no haya hecho una aclaración en profundidad sobre todos los supuestos que planteaba en su denuncia, de manera que ha solicitado al Supremo que sí lo aclare desde el punto de vista jurídico porque "la cuestión por ahora no está nada clara".

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