La Junta traspasa a Fomento la gestión de las fianzas de contratos de arrendamiento de viviendas y suministros

La Junta destinará al menos un 70% de las liquidaciones a políticas de acceso para familias con menos recursos y a programas de rehabilitación

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EUROPA PRESS
Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 27 mayo 2014 13:29

SEVILLA, 27 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes el decreto por el que se traspasa a la Consejería de Fomento y Vivienda la gestión de los depósitos de fianzas de los contratos de arrendamiento de viviendas y de contratación de los suministros de agua, gas y electricidad, que hasta ahora tramitaba la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

La norma da cumplimiento a la disposición transitoria primera de la Ley andaluza de Función Social de la Vivienda, que establece esta medida para agilizar los saldos derivados de la liquidación de las fianzas para su aplicación en políticas de vivienda, especialmente las dirigidas a las familias con menos recursos y a los programas de rehabilitación. Las cuantías destinadas a este fin, que supondrán al menos un 70 por ciento de las liquidaciones, se determinarán trimestralmente en lugar de la actual periodicidad anual.

Una comisión mixta permanente con participación de las dos consejerías se encargará de aprobar las propuestas trimestrales de liquidación de los saldos, es decir, la diferencia entre las constituciones y devoluciones de fianzas de arrendamientos y suministros. La Consejería de Hacienda y Administración Pública habilitará los correspondientes créditos destinados a la financiación de las políticas de vivienda.

La nueva regulación no modifica las obligaciones y derechos de los ciudadanos en esta materia ni los trámites relativos a la entrega y la devolución de las fianzas, con la salvedad de que ahora deberán realizarse ante la Consejería de Fomento y Vivienda. Adicionalmente, este departamento desarrollará un conjunto de mejoras en la tramitación para reducir el plazo de reintegro y mejorar la transparencia y calidad del proceso.

La fianza es un importe económico que el ciudadano entrega como arrendatario de un inmueble o como usuario de un suministro de agua, gas y electricidad, bien al arrendador o a la empresa suministradora, como garantía del contrato suscrito. La Ley autonómica 8/1997 que regula esta materia establece la obligación de depositar esta cuantía, equivalente a una mensualidad de renta en el alquiler de una vivienda y de dos cuando esta se destina a uso distinto, en una cuenta pública custodiada por la Administración competente.

El depósito se realiza en el plazo de un mes desde la formalización del contrato y la Junta tiene la obligación de devolverlo también en un mes si el arrendador solicita su reintegro. Su formalización conlleva beneficios fiscales de desgravaciones y deducciones, tanto para el arrendador como para el arrendatario.

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