Fachada principal del Hospital de Valme - JUNTA DE ANDALUCIA
SEVILLA, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha dado cuenta en una de sus recientes resoluciones de que el hospital Virgen de Valme y el Servicio Andaluz de Salud (SAS) han traslado "de forma paulatina" e "incompleta" la documentación solicitada por un varón, respecto a la historia clínica de su mujer después de que la misma falleciese en dicho centro hospitalario tras dar a luz.
En una resolución emitida el pasado 1 de marzo y recogida por Europa Press, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz rememora que el promotor de esta queja exponía en la misma que "su mujer se había puesto de parto" el 10 de agosto de 2019, "acudiendo a urgencias del Hospital Virgen de Valme, y tras ser reconocida fue remitida a casa", tras lo cual "al día siguiente ocurrió lo mismo y acudieron a urgencias", donde "la volvieron a mandar a casa".
"A las cuatro horas, tras los claros síntomas de parto, regresaron al hospital, siendo esta vez ingresada en Ginecología. Tras la inducción del parto y dar a luz a su hija, el día 13 de agosto fallecía por sangrado uterino postparto, según consta en el informe clínico de exitus", detalla el departamento de Maeztu en su resolución.
Al respecto, precisaba que la queja de este hombre radicaba en que "había solicitado la historia clínica completa de su mujer fallecida, hasta en tres ocasiones, y faltaba la hoja obstétrica, las hojas de evolución clínica y de enfermería, las hojas de UCI y los registros cardiográficos completos", documentos que no le habían sido remitidos, atisbando una vulneración de la Ley de Derechos del Paciente y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica.
Frente a ello, la Administración sanitaria alegaba la entrega de "copia de los distintos episodios asistenciales desde 2008, historia clínica que se le facilita con la información clínica que consideraban más relevante" los facultativos, así como las hojas de evolución, hojas obstétricas y el partograma a cuenta de las diversas peticiones de este hombre.
Pero según el departamento de Maeztu, el promotor de la queja aseguraba que "la historia clínica no se encontraba completa y faltaban las últimas horas del registro cardiotocográfico y las hojas de monitorización de la UCI".
DOCUMENTOS "NO ENCONTRADOS EN LOS ARCHIVOS"
A ello, siempre según la resolución de Maeztu, la Administración sanitaria exponía que "respecto al registro cardiotocográfico, por un defecto en la impresión no se recogía la gráfica de las últimas horas del parto y la consecución de estos datos había motivado la demora en la respuesta, puesto que se había tenido que solicitar copia a la empresa fabricante del cardiotocógrafo"; mientras en el caso de las hojas de monitorización de UCI, "no se habían encontrado en los archivos y el procedimiento establecido en el Valme para este tipo de documentación es que se recoge en formato papel y se envía al Archivo de Historias Clínicas del Hospital El Tomillar", donde "tras realizar una búsqueda exhaustiva, la misma había resultado infructuosa".
La Administración sanitaria, en cualquier caso, aseguraba que "se había puesto en contacto con el interesado para proporcionarle los registros cardiotocográficos" y el aludido "había decidido que se le entregaran en mano".
Al analizar el asunto, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz determina que "de los hechos relatados, puestos en consonancia con los informes administrativos recibidos, se corrobora que la información de la historia clínica se ha ido entregando de forma paulatina y, a la postre, incompleta".
ANTE UNA "SITUACIÓN TAN DESGARRADORA"
"En una situación tan desgarradora como es el fallecimiento de una esposa y madre tras alumbrar a su hijo, resulta cuanto menos de extrema dureza para el interesado haber tenido que estar solicitando de forma reiterada el acceso a la documentación que ilustra las diversas vicisitudes por las que ha discurrido el itinerario asistencial de la paciente fatalmente fallecida, lamentando esta Defensoría que pese a nuestra intervención, la misma no ha podido ser recuperada de forma íntegra, siendo importante señalar el papel probatorio que tiene la historia clínica sobre las condiciones y circunstancias de la asistencia médica", indica la citada resolución.
Además, avisa de que "el extravío de parte de la historia clínica supone un quebranto en cuanto a las obligaciones que tiene cada centro de archivar las historias clínicas de sus pacientes, cualquiera que sea el soporte en el que consten", poniendo especial "énfasis en la aparente escasez de información que de todo ello se ha ofrecido a la parte promotora de la queja".
Por eso, el departamento de Maeztu recomienda al Servicio Andaluz de Salud (SAS) y el hospital Virgen de Valme que se adopten "las medidas organizativas oportunas para que los documentos que integran la historia clínica sean custodiados en la debida forma"; así como "que se revisen los protocolos, instrucciones o prácticas en el seguimiento y cumplimentación de las peticiones de historia clínica, implantando fórmulas de organización y gestión de las solicitudes que proporcionen a la parte peticionaria toda la información oportuna y, en aquellos casos de entrega de documentación incompleta, se impulse la remisión posterior por el órgano responsable, sin que deban mediar reiteraciones de la parte solicitante".