PSOE-A accede a incluir en el Estatuto un listado de competencias propias de los ayuntamientos con 13 materias concretas

Propone regular la participación de los ayuntamientos en los tributos propios de la CCAA a través de un fondo de nivelación municipal

Europa Press Andalucía
Actualizado: viernes, 24 marzo 2006 18:43

SEVILLA, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

El PSOE andaluz ha accedido finalmente a la pretensión de los grupos de la oposición y de la propia dirección federal socialista de incluir un listado de competencias propias de los ayuntamientos en el futuro Estatuto de Autonomía, que ha concretado en una enmienda en la proposición de Ley en la que enumera hasta 13 materias concretas que deben constituir el "núcleo competencial propio" de las corporaciones locales.

En total, los socialistas han registrado 11 enmiendas al Título de Organización Territorial, a las que ha tenido acceso Europa Press, en las que fijan como principio general que "la distribución de las responsabilidades administrativas entre las diversas administraciones locales ha de tener en cuenta su capacidad de gestión y se rige por los principios de subsidiariedad y diferenciación, de acuerdo con las características que presenta la realidad municipal y en el marco de lo que establece la Carta Europea de la autonomía local" y establecen que "el Estatuto garantiza a los municipios un núcleo competencial propio que será ejercido con plena autonomía con sujeción sólo a los controles de constitucionalidad y legalidad".

Como competencias propias de los ayuntamientos "en los términos que determinen las leyes", el PSOE incluye la ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas; gestión de los servicios sociales comunitarios; ordenación y prestación de servicios básicos (abastecimiento de agua y tratamiento de las aguas residuales; alumbrado público; recogida y tratamiento de residuos; limpieza viaria; prevención y extinción de incendios; y transporte público de viajeros); conservación de vías públicas urbanas y rurales; y ordenación de la movilidad y accesibilidad de personas y vehículos en las vías urbanas.

El listado se completa con las competencias en cooperación con otras administraciones públicas para la promoción, defensa y protección del patrimonio histórico y artístico andaluz; la regulación de las condiciones de seguridad en las actividades organizadas en espacios públicos y en los lugares de concurrencia pública; defensa de usuarios y consumidores; promoción del turismo; promoción de la cultura, así como planificación y gestión de actividades culturales; promoción del deporte y gestión de equipamientos deportivos de uso público; cementerio y servicios funerarios; y "las restantes materias que con ese carácter sean establecidas por las leyes". Otras enmiendas del PSOE a este capítulo dan carácter imperativo a la ley por la que "se regulará" --y no sólo "se podrá proceder a"-- la delegación y transferencia de competencias en los ayuntamientos; incorporan una ley para regular "las funciones de las áreas metropolitanas, mancomunidades, consorcios y otras agrupaciones de municipios"; establece que el futuro órgano mixto Junta-ayuntamientos "será consultado en las disposiciones legislativas que afecten de forma específica a las corporaciones locales"; se define la comarca como "la agrupación voluntaria de municipios limítrofes con características geográficas, económicas, sociales e históricas afines".

PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS PROPIOS DE LA CCAA

Los socialistas han optado por trasladar los apartados relativos a la financiación municipal al Título VI del futuro Estatuto, titulado 'Economía, Empleo y Hacienda', en el que da carácter imperativo a la participación de las corporaciones locales en los ingresos propios de la comunidad autónoma frente a la redacción recogida en la actual proposición de Ley, donde únicamente se establece que "los ayuntamientos, en los términos que la ley establezca, podrán participar en la recaudación de los tributos propios de la comunidad autónoma".

Así, la enmienda de adición planteada por el PSOE al artículo 166 bis, relativa a la colaboración de la comunidad autónoma con las haciendas locales, establece que "una ley regulará la participación de los ayuntamientos en los tributos propios de la comunidad autónoma, que se instrumentará a través de un fondo de nivelación municipal" y que dicha ley "regulará los criterios para su distribución, entre los que primará la población", al tiempo que indica que "adicionalmente la comunidad autónoma podrá establecer programas de colaboración financiera específica para materias concretas".

Junto a ello, los socialistas fijan que "los ingresos de los entes locales consistentes en participaciones en ingresos y en subvenciones incondicionadas estatales se percibirán a través de la comunidad autónoma, que los distribuirá de acuerdo con los criterios establecidos en sus leyes, respetando los criterios fijados por la legislación del Estado en esta materia".

Otras enmiendas del PSOE a este capítulo regulan que "los entes locales podrán delegar a favor de la comunidad autónoma la gestión, liquidación, recaudación e inspección de sus propios tributos"; que "las modificaciones del nuevo marco normativo que disminuyan los ingresos tributarios locales habrán de prever la compensación oportuna"; y que "cualquier nueva atribución de competencias irá acompañada de la asignación de recursos suficientes".

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