SEVILLA 29 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) creará la categoría de facultativo de genética clínica, al objeto de avanzar en los servicios que los centros sanitarios ofrecen en este área y ampliar la red de dispositivos de Genética del sistema sanitario público andaluz, según las líneas de trabajo definidas en el Plan de Genética de Andalucía.
Las funciones que desempeñarán estos profesionales son las relacionadas con la asistencia a los ciudadanos con enfermedades de base genética o riesgo de padecerlas, según informó hoy en una nota el SAS.
En este sentido, realizarán análisis prenatales y postnatales, análisis genéticos moleculares --relacionados con las enfermedades genéticas hereditarias o no, raras, complejas o de células somáticas--, así como la planificación y diseño de cribados poblacionales y las pruebas genéticas vinculadas a los mismos.
Los médicos que desempeñen el puesto de genética clínica estarán encargados de proporcionar consejo genético individualizado. De esta forma, realizarán un estudio de la historia clínica del paciente con enfermedad genética o sospecha de la misma, su historia familiar y árbol genealógico, así como la exploración clínica y exploraciones complementarias apropiadas para realizar su diagnóstico clínico, pronóstico y tratamiento.
El SAS está ultimando los trámites administrativos previos para la creación de esta categoría, que era un compromiso incluido en el propio Plan de Genética de Andalucía, y se prevé que, en el próximo mes de octubre, pueda iniciarse el proceso de integración voluntaria en la misma de los profesionales que, hasta ahora, venían desarrollando su labor en las unidades de genética de los centros sanitarios.
Como requisito imprescindible para la integración en esta categoría, se exige a los profesionales la posesión del título de especialista en Ciencias de la Salud. Estos profesionales dispondrán de un plazo máximo de seis meses para presentar su solicitud de integración, que podrán realizar en papel o de forma telemática a través de la web 'www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud'.
OTRAS CATEGORÍAS
Por otra parte, el SAS ha creado ya otras diez categorías profesionales en los centros sanitarios, con el objetivo de aumentar la especialización de los profesionales y adaptar los servicios de los centros a la realidad actual. En estas nuevas categorías podrán integrarse un total de 2.227 profesionales.
Hasta ahora, estos profesionales han venido desarrollando su labor en tareas específicas en los centros sanitarios que no contaban con una denominación concreta o, en algunos casos, en las que no se requería una titulación especializada. La creación de estas nuevas categorías permitirá ordenar el mapa de categorías, incluir nuevas titulaciones y mejorar la gestión de los centros sanitarios, puesto que posibilitará conseguir objetivos en materias específicas e identificar funciones.
La Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del SAS ha regulado, a través de diversas órdenes, que se publicarán próximamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el proceso de integración voluntaria de los profesionales en las nuevas categorías, los requisitos necesarios para la integración y las funciones de estas nuevas profesiones.
Esta normativa ha sido analizada previamente con las organizaciones sindicales presentes en Mesa Sectorial y responde al desarrollo de los compromisos adquiridos en el último acuerdo laboral.
En lo que se refiere a las categorías de profesionales licenciados, se crean las de epidemiólogos y farmacéuticos de atención primaria, técnico superior en Nutrición y Control de Alimentos, en Gestión Documental, Biblioteca y Archivos. Además, se establecen plazas diferenciadas de médico de familia en los centros de transfusión sanguínea.
En cuanto a las categorías de profesionales con titulación de Formación Profesional o titulaciones equivalentes, se crean las categorías de técnicos de farmacia en atención especializada, técnicos especialistas en Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Industriales, en Electromedicina, técnico especialista en Informática y técnicos superiores en Alojamiento.
Además, dentro de la categoría de técnicos de Función Administrativa, se crea la especialidad de Sistemas y Tecnologías de la Información y, dentro de la categoría de técnico de Mantenimiento, se establecen plazas diferenciadas de Obras de Albañilería, Acabados de Construcción y Madera y Mueble.
VENTAJAS PARA LOS PROFESIONALES
La creación de estas categorías conlleva, además, importantes ventajas para los profesionales. En el caso de los epidemiólogos y farmacéuticos, que hasta ahora se incluían en la categoría de técnicos de salud, supondrá constituirse como categoría sanitaria diferenciada, de manera que puedan realizar tareas específicas. Igual ocurre con la creación de plazas diferenciadas de médicos de familia en los Centros de Transfusión Sanguínea.
Además, los médicos de Medicina General y los médicos generales hospitalarios se integrarán como facultativos especialistas de área o médico de familia, según desarrollen su labor en hospitales o centros de salud, lo que conlleva su homologación retributiva. Para estas cinco categorías sanitarias, se establece un plazo de un mes para que puedan solicitar, de forma excepcional, el acceso a carrera profesional. Por su parte, las categorías relacionadas con las tareas de Mantenimiento de los centros sanitarios pasarán a integrarse en el grupo profesional C, lo que supondrá además incrementos retributivos.
Las categorías de técnico de Farmacia, técnico superior en Nutrición y Control de Alimentos, en Gestión Documental, Biblioteca y Archivos, Informática, Alojamiento y en Sistemas y Tecnologías de la Información conllevan una mayor especialización y reconocimiento de la formación específica de los profesionales que desarrollan estas tareas.
Estas categorías sustituyen a las actuales de calefactor, fontanero, electricista, mecánico, albañil, pintor, carpintero, jardinero, jefe de taller, conductor de instalaciones, bromatólogo, bibliotecario, operador de ordenador, programados, gobernanta y controlador de suministros.
PROCESO DE INTEGRACIÓN
La solicitud para integrarse en las nuevas categorías podrá formularse vía telemática, en el plazo de seis meses, y será efectiva desde el mes siguiente a su presentación. Los profesionales deberán contar con la titulación requerida o, en determinadas categorías, titulación equivalente y cinco años de servicios prestados.
Tanto los profesionales con plaza en propiedad como el personal temporal podrá integrarse en las nuevas categorías. En las categorías no sanitarias, los profesionales no fijos tendrán que consolidar su plaza en las dos próximas ofertas de empleo público que se convoquen. En ningún caso, la creación de estas nuevas categorías supone desplazar a los profesionales que ya están desarrollando su labor en los centros sanitarios.