Sevilla.- Tribunales.- El alcalde de Las Navas pide al PA que acepte la sentencia y no se escude en "errores materiales"

Actualizado: lunes, 2 febrero 2009 16:11

Alega que un auto del propio TSJA corrige la frase el "error" contenido en un párrafo de las conclusiones del tribunal

LAS NAVAS DE LA CONCEPCIÓN (SEVILLA), 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

El alcalde de Las Navas de la Concepción (Sevilla), Antonio Gutiérrez Lora (PSOE), reclamó hoy a los concejales del PA que "sean valientes" y acepten que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha respaldado la decisión del secretario municipal de no admitir a trámite la moción de censura impulsada en su contra junto al edil no adscrito, advirtiendo de que el "error material" contenido en uno de los párrafos del fallo "ha sido corregido" a través de un auto de la propia sala de lo Contencioso Administrativo del Alto tribunal andaluz.

En declaraciones a Europa Press, Gutiérrez Lora pidió a los ediles del PSOE que no cuestionen el contenido de la citada sentencia, que declaraba conforme a derecho el acto administrativo mediante el que el secretario del Ayuntamiento no admitía la moción de censura que impulsaron los andalucistas junto al concejal Antonio José Polonio. Así, si bien reconoció que el fallo contenía un "error material" al incluir en un párrafo de sus conclusiones la determinación "no haber lugar al recurso de apelación", advirtió de que tal errata está ya rectificada a través de un auto emitido por el mismo tribunal.

"Es un error material que puede cometer cualquiera y está corregido. La sentencia es firme", zanjó el alcalde de Las Navas para pedir a los concejales del PA que "sean valientes" y asuman el contenido de este fallo, porque "nadie ha engañado a nadie". Al respecto, precisó que el citado auto de corrección está fechado el propio 29 de enero, "el mismo día en el que se hizo pública la sentencia".

En concreto, este fallo recogido por Europa Press revoca la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cuatro de Sevilla que anulaba la resolución del secretario del Ayuntamiento que, a su vez, había suspendido la segunda moción de censura defendida por los concejales del PA y el ex concejal socialista Antonio José Polonio contra Gutiérrez Lora, quien ya había esquivado una primera moción de censura al pactar PSOE y PA la formación de un gobierno de coalición y el relevo del primer edil.

En sus razonamientos, el tribunal entiende que la primera moción de censura impulsada por Polonio y los concejales del PA, precisamente la que no llegó a consumarse al pactar PSOE y PA un gobierno de coalición y el relevo de Gutiérrez Lora, "reunía los requisitos legales", por lo que si el pleno extraordinario convocado para el 11 de febrero de 2008 al objeto de debatir la moción no se celebró "fue por la inasistencia de los concejales", lo que no supone "dejar sin efecto" el procedimiento.

"No era posible la firma de una nueva moción de censura por los mismos concejales", resume la sentencia, que resuelve que "fue correcta" la decisión del secretario del Ayuntamiento de no admitir a trámite la segunda moción de censura una vez que Polonio y los concejales andalucistas comprobaron que el alcalde no convocaba el pleno que había de formalizar su renuncia al cargo y la constitución de un nuevo gobierno de coalición entre PSOE y PA.

El fallo del TSJA, que no impone costas, revoca así la sentencia inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cuatro y no da lugar a recursos, declarando así conforme a derecho una resolución del secretario del Ayuntamiento que se amparaba en una sentencia de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con fecha 23 de abril de 2007 que ya zanjaba un caso similar.