El tribunal devuelve al jurado el veredicto del crimen de Rochelambert en Sevilla por "defectos legales"

Juicio por el crimen de Rochelambert
JESÚS PRIETO/EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 5 octubre 2018 23:32

SEVILLA, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

El presidente del Tribunal del Jurado, el magistrado José Manuel de Paúl, ha devuelto al jurado popular por defectos legales el veredicto emitido en la causa por la que se está juzgando en la Audiencia Provincial de Sevilla a tres varones, Félix José A.P., Manuel B.V. y Manuel A.P., por el asesinato de Joaquín Baldomero G.B., vecino del barrio sevillano de Rochelambert cuyo cadáver fue descubierto el 5 de julio de 2016 dentro del maletero de su propio coche tras haber sido incendiado el mismo en un descampado de Alcalá de Guadaíra.

A las 21,55 horas de este viernes ha dado comienzo la sesión del juicio en la que estaba prevista la lectura del veredicto del jurado contra los tres acusados de delitos de detención ilegal, robo con violencia, asesinato y daños derivados de la muerte de Joaquín Baldomero G.B. Cabe recordar en este sentido que el propio De Paúl, antes de la entrega del objeto del veredicto, retiró los cargos de asesinato u homicidio a Manuel A.P., así como la imputación del delito de profanación de cadáveres para los enjuiciados, del que les acusaba la abogada de la familia de la víctima.

Si bien, el presidente del Tribunal del Jurado ha tomado la palabra para pedir perdón a los miembros del jurado y anunciar que había "problemas" en el veredicto, "imputables" al propio magistrado. "No es una crítica a vuestra labor", ha afirmado dirigiéndose a los personas que componen el jurado, pero existen "defectos legales" en el veredicto, cuyo objeto era "verdaderamente complicado y difícil de resolver".

Así, De Paúl ha señalado que los "errores" pueden haber surgido a la hora de elaborar el objeto del veredicto por su parte o cuando les ha dado instrucciones a los miembros del jurado para ir contestando al mismo.

Ha querido dejar claro a los miembros del jurado que esta decisión "no es por que no esté de acuerdo con su fallo, pues son libres y soberanos para tomarlo". "Mi desacuerdo o acuerdo con un veredicto debes importarle lo mismo que el de cualquier otra persona", ha añadido.

Por todo ello, el jurado deberá retirarse de nuevo a deliberar y "corregir los defectos" detectados por el presidente del Tribunal del Jurado. El primero, según ha explicado De Paúl, es "un error material mío" al escribir las instrucciones del orden del objeto del veredicto y pasarlas del borrador al documento definitivo. "Hasta el mejor escribano echa un borrón", ha expresado.

En este sentido, ha indicado que la cuestión del robo de los dos móviles a la víctima por parte del acusado Manuel B.V. "ha quedado sin resolver", queriendo precisar que si la sustracción se produjo antes de la muerte de Joaquín Baldomero G.B. se estaría ante un delito de robo, pero si fue después del fallecimiento sería un delito de hurto leve. Ha apuntado al respecto que el veredicto sobre este hecho respecto de Manuel B.V. y Manuel A.P. está vinculado al de Félix José A.P.

Otro de los "defectos" detectados, según el presidente-magistrado, sí es imputable al jurado, pues existe una incongruencia entre el veredicto de los hechos y el de culpabilidad respecto de Manuel B.V. sobre el delito de detención ilegal. Así, ha explicado a los miembros del jurado que han declarado probado, por ocho votos a uno, que este acusado mantuvo encerrado por la fuerza a la víctima en la casa de Félix José A.P., pero declaran "por unanimidad" no culpable de haber retenido a la misma en la vivienda.

PROBLEMAS EN LA MOTIVACIÓN

De otro lado, el magistrado José Manuel de Paúl ha señalado que existen "dos problemas" en la motivación del veredicto. "Debí decíroslo en las explicaciones, una fuente de prueba no puede ser la declaración de un agente de la Policía Nacional en el juicio aludiendo a lo que dijo un acusado en fase de instrucción o en sede policial, porque las declaraciones en fase de instrucción no valen".

Además, ha apuntado que hay que motivar la intención de matar del acusado, "primero dan por probado la muerte dolosa y después hablan de alevosa", por ello ha admitido el presidente-magistrado que debió "hablar más de este asunto en las instrucciones".

Cabe recordar que la Fiscalía, en su informe y conclusiones definitivas, pedía 36 años de cárcel para cada uno de los acusados por presuntos delitos de detención ilegal, robo con violencia, asesinato y daños, mientras la acusación particular solicita además cinco meses más de prisión por un delito de profanación de cadáver, delito que ya retiró De Paúl antes de la entrega del objeto del veredicto para los tres acusados.

Por su parte, la defensa de Manuel A.P. pidió su libre absolución pues, según defiende el letrado Juan Carlos García Castilla, su cliente "sólo estuvo circunstancialmente" la tarde del 5 de julio en la casa de Félix José "no estando la víctima ni retenido ni fallecido" y la abandona tras una discusión con Félix José. El presidente del Tribunal del Jurado desestimó la acusación de asesinato u homicidio para este Manuel A.P.

Por contra, la abogada de Félix José A.P. solicitó que sea condenado por un delito de homicidio imprudente, con una pena en grado mínimo, y por otro de daños, con la atenuante de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción. Y de manera alternativa, por un delito de homicidio con dolo eventual y otro de daños, con la atenuante de arrebato y la eximente incompleta de drogadicción.

De otro lado, Agustín de la Cruz, que ejerce la defensa de Manuel B.V., solicitó para su cliente el delito de denegación de auxilio a la víctima.

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