El TSJA avala un aprobado de la comisión de reclamaciones impugnado por el Colegio Aljarafe

Europa Press Andalucía
Actualizado: jueves, 19 febrero 2015 17:55

SEVILLA 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

Después de que la Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) y el Consejo Escolar del colegio Aljarafe, de Mairena del Aljarafe (Sevilla), mostrase en 2013 su "indignación" ante el caso de una alumna de segundo de bachillerato que aprobó cuatro asignaturas al prosperar la impugnación de sus suspensos ante la comisión provincial de reclamaciones, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por este colegio contra una sentencia previa que inadmitía ya el recurso inicial del centro contra la resolución de la Consejería de Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte.

Según informa la Junta en un comunicado, el 17 de diciembre de 2012, la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte emitía una resolución por la que se estimaba expresamente la reclamación en segunda instancia formulada por el padre de una alumna, matriculada en el curso 2011/12 en segundo de Bachillerato en el CDP Aljarafe, contra la calificación en la materia de Inglés, en la convocatoria extraordinaria, rectificando las calificaciones de dos a cinco puntos, "de acuerdo con lo que propuso la comisión técnica provincial de reclamaciones".

El Colegio Aljarafe presentó entonces un recurso contencioso administrativo para impugnar la resolución de la Delegación Territorial de Educación, el cual fue inadmitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 12 de Sevilla el 13 de mayo de 2014, y por el que centro educativo volvió a interponer recurso de apelación al TSJA que ha sido finalmente desestimado.

EL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES

La reclamación por calificaciones, según esgrime la Junta, es un procedimiento reglado por normativa, que constituye una garantía para el estudiante y para el profesorado. El procedimiento recoge la presentación de un primer escrito ante el centro donde está matriculado el alumno y que resuelve el departamento de la materia reclamada y, por otro lado, en segunda instancia el alumno puede presentar su reclamación ante la Delegación territorial que, previo informe de una comisión técnica provincial de reclamaciones, resuelve, cerrando la vía administrativa.

La Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones, en ese sentido, es una comisión técnica integrada por inspectores de Educación y por profesorado especialista de la materia ajeno al centro del alumno que ha reclamado, la cual revisa la evaluación y emite el informe con la propuesta. La Delegación resuelve en vía administrativa con ese informe de la comisión técnica.

En cuanto al número de reclamaciones en Sevilla, el curso pasado se recibieron 222, de las cuales se estimaron 60 y 162 fueron desestimadas por la Comisión Técnica Provincial. Es decir, se estimaron un 22,027 por ciento, desestimándose la mayoría, un 72,97%. El total de reclamaciones presentadas supone únicamente el 0,05% del alumnado.

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