SEVILLA 6 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia previa que avala a su vez una resolución del Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE), que declara que un ciudadano de Sevilla percibió "indebidamente" prestaciones públicas por valor de 20.206 euros entre 2012 y 2015, pues en dicho periodo "tuvo rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional" pero "no comunico esta circunstancia" a tal institución.
En su sentencia, recogida por Europa Press, el TSJA da cuenta de un recurso de suplicación frente a una sentencia del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla que desestima la impugnación de un ciudadano contra una resolución del SEPE emitida en 2016, declarando "la extinción de la prestación o subsidio reconocidos" a esta persona, así como la "percepción indebida de prestaciones en la cuantía de 20.206,6 euros correspondientes al periodo comprendido entre enero de 2012 a diciembre de 2015, por no comunicar la superación de las rentas propias".
Durante dicho periodo, según la resolución del SEPE, este ciudadano "tuvo rentas superiores al 75% del salario mínimoc interprofesional", pero "no comunico esta circunstancia" a las autoridades laborales.
Después de que el Juzgado de lo Social número seis desestimase la petición del aludido en demanda de revocar la citada resolución del SEPE, éste elevó el asunto al TSJA, esgrimiendo una revisión de los hechos probados por la sentencia inicial que el Alto tribunal andaluz ha denegado.
Dado el caso, el TSJA desestima íntegramente el recurso de suplicación de este ciudadano y confirma la sentencia inicial que avala la resolución del SEPE.