Aragón amplía los sectores que pueden beneficiarse de las ayudas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial

El consejero de Economía, Planificación y Empleo del Gobierno de Aragón, Carlos Pérez Anadón.
El consejero de Economía, Planificación y Empleo del Gobierno de Aragón, Carlos Pérez Anadón. - GOBIERNO DE ARAGÓN
Publicado: lunes, 28 junio 2021 13:57

ZARAGOZA, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Aragón ha ampliado a 491 CNAEs --Clasificación Nacional de Actividades Económicas-- las susceptibles de recibir ayudas para solventar los efectos provocados por la crisis respecto a las 95 iniciales contempladas en el Real-Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Así, podrán optar a estas subvenciones las empresas de los sectores del calzado y la confección, la nieve, la elaboración de vinos y bebidas fermentadas, entre otros. En rueda de prensa, el consejero de Hacienda del Gobierno de Aragón, Carlos Pérez Anadón, ha indicado que esta comunidad autónoma es la cuarta región del país que plantea unos criterios más amplios.

El Ejecutivo aragonés ha aprobado esta convocatoria por procedimiento de urgencia a través de una orden que se publica este lunes, 28 de junio, en el Boletín Oficial de Aragón (BOA). Las solicitudes podrán realizarse entre el 19 de julio y el 10 de septiembre.

Esta orden supone el inicio efectivo de la "cuenta atrás" para que los beneficiarios puedan recibir el estímulo que les ayude a consolidar sus negocios y, consecuentemente, a impulsar la recuperación económica de Aragón, ha dicho Pérez Anadón.

El Ejecutivo autonómico ya adelantó el pasado 16 de junio, durante la aprobación de Decreto Ley de Medidas Urgentes y Extraordinarias que permitía adaptar la normativa autonómica a las exigencias del Gobierno de España, que estaba trabajando en diferentes niveles para poner en marcha de forma urgente e inmediata la gestión y resolución de las ayudas, apostando por la simplificación de los trámites y la agilidad del proceso.

RELACIÓN DE SECTORES AFECTADOS

La orden incluye tanto las bases reguladoras, como la convocatoria y deja constancia de la ampliación de las actividades económicas elegibles, hasta las 491 CNAEs, lo que supone el 78 por ciento de las existentes, de manera que se han suplementado las 95 iniciales aprobadas por el Gobierno de España.

Las incluidas son fruto de las propuestas por el presidente de Aragón, Javier Lambán, por los consejeros de todos los Departamentos y las que surgieron los agentes sociales en la reunión que mantuvieron la semana pasada con los titulares de Hacienda y Economía.

De este modo, se ha buscado que ningún sector que se haya visto afectado por las dificultades que ha provocado la pandemia y la consiguiente caída de actividad se queden fuera de esta línea de ayudas COVID y, sobre todo, ha dicho el consejero de Hacienda, se logra que el único factor restrictivo tenga que ver con la cuantía de la caída de ingresos que ha fijado el Gobierno de España.

La fórmula para otorgar estas ayudas, valoradas en 141,3 millones de euros, será el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva y la subvención se concederá a todos los que cumplan los requisitos. De este modo, "garantizamos que las ayudas lleguen a todos los que acrediten las condiciones para percibirlas, independientemente de la rapidez que hayan tenido a la hora de solicitarlas", ha comentado Pérez Anadón.

REQUISITOS

Los solicitantes realizarán sus trámites de manera electrónica y tendrán que acreditar que la actividad está clasificada en uno de los códigos CNAE, así como que el volumen anual de sus operaciones declarado en el Impuesto sobre el Valor Añadido ha caído en 2020 más de un 30 por ciento respecto a 2019.

Asimismo, no podrán haber declarado en 2019, en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, un resultado neto negativo en las actividades económicas en las que se hubiera aplicado el método de estimación directa, o una base imponible negativa en el impuesto de sociedades o en el impuesto de Renta de no Residentes.

Según ha expuesto Pérez Anadón, los agentes sociales han coincidido en la conveniencia de no incorporar a este reparto a las empresas que hubieran tenido pérdidas en 2019, al considerar que podía ser una decisión que desvirtuaría el sentido y filosofía de este plan de ayudas.

Para tener derecho a las mismas, los solicitantes no deberán estar afectados por condenas que les hagan perder la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, ni haber sido declarados culpables de la resolución firme de cualquier contrato con la Administración, además deberán estar al corriente de pagos tributarios y de la Seguridad Social.

De la misma manera, no podrán concursar los declarados insolventes, los que hayan solicitado la declaración de concurso voluntario o lo que residan en paraísos fiscales.

EVITAR DESESTIMACIONES

Una vez que se presente la solicitud no cabe la subsanación de las condiciones de elegibilidad, más allá de la aportación de la documentación que sea precisa. Por eso, para evitar que se produzcan circunstancias que impidan acceder a estas ayudas, el Gobierno de Aragón establece un periodo transitorio, sin que corra el tiempo de la convocatoria, para que los interesados se aseguren de cumplir las condiciones exigidas en el pliego de bases.

A partir de ahí, podrán cursar su petición, acompañada de una declaración responsable y del consiguiente consentimiento para que la Administración autonómica realice las comprobaciones necesarias e intercambie datos con cualquier otra administración u organismos para validar la información aportada.

HACER FRENTE A LAS DEUDAS

Las ayudas, que financia el Gobierno de España, tendrán el carácter de pago anticipado en un cien por cien, gracias a las modificaciones introducidas por el Gobierno de Aragón en el Decreto Ley de Medidas Urgentes y Extraordinarias, y oscilarán, según los negocios, entre los 3.000 euros, para los que se organizan en módulos, y de 4.000 a 200.000 euros para el resto.

Estas ayudas tienen un carácter finalista, según lo establecido por el Gobierno de España, y, por lo tanto, deberán emplearse para pagar a proveedores y a otros acreedores financieros y no financieros. Los pagos deberán realizarse en el plazo de un mes, a través de entidades financieras.

El Gobierno de Aragón dispondrá, además, un plazo de dos años para realizar las comprobaciones oportunas sobre la justificación de las mismas.

Los beneficiarios se comprometen a mantener la actividad afectada por las ayudas hasta el 30 de junio de 2022, a no repartir dividendos en estos dos ejercicios y a no incrementar las retribuciones a los altos directivos de sus compañías durante dos años. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones dará lugar a la devolución de las ayudas, así como de los intereses devengados.

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