El Gobierno de Aragón aprueba el decreto ley de medidas urgentes para reparar daños por las crecidas

Crecida extraordinaria del río Ebro a su paso por Pina (Zaragoza)
GUARDIA CIVIL
Actualizado: martes, 8 mayo 2018 14:38

ZARAGOZA, 8 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto ley por el que se establecen medidas urgentes para reparar los daños causados y las pérdidas producidas en 54 municipios de Aragón por las inundaciones derivadas de los desbordamientos de diversos ríos en la cuenca del Ebro durante el pasado mes de abril.

El consejero de Presidencia del Ejecutivo autonómico, Vicente Guillén, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo que "estas medidas son complementarias de las que establezca el Gobierno de España para paliar los daños ocasionados en el territorio aragonés".

Ha añadido que, entre otras actuaciones, están previstas una serie de subvenciones cuya cuantía podrá alcanzar la totalidad del importe de los daños acreditados junto con las concedidas por el resto de las Administraciones públicas u organismos públicos nacionales o internacionales y las indemnizaciones que puedan percibir los damnificados de los seguros que tuvieran contratados.

Guillén ha informado de que las bases reguladoras de las subvenciones serán aprobadas de forma simultáneamente con las correspondientes convocatorias en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de este Decreto Ley con su publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA).

Ha aclarado que desde el Ejecutivo "ya se están haciendo valoraciones de los daños en municipios" con la intención de "acelerar lo máximo posible las ayudas que el Gobierno de Aragón puede dar".

No obstante, ha dicho que el Gobierno de España ha de entender que es "fundamental la rapidez" y por eso "la importancia de que declare a estos 54 municipios como de urgente actuación" ya que las ayudas de la Comunidad son "complementarias" a las del Ejecutivo central y "deberíamos coordinarnos", aunque, "si eso no se produce, seguimos adelante para que los damnificados puedan tener las ayudas oportunas".

El consejero ha recordado que conforme a lo establecido en la normativa básica del Estado, los contratos de obras, suministros y servicios que tramiten los departamentos, organismos y empresas públicas de la Administración autonómica para ejecutar las actuaciones previstas en este decreto ley tendrán la consideración de contratos de emergencia.

Asimismo, se tramitarán con carácter de urgencia el resto de expedientes de contratación que traigan causa de este decreto ley ya que los motivos que los justifican constituyen una razón de interés público. De esta forma, los plazos ordinarios de los procedimientos administrativos que se sigan en ejecución de este decreto ley se reducirán a la mitad, salvo los relativos a solicitudes y recursos.

54 MUNICIPIOS

El decreto ley identifica un total de 54 términos municipales de la provincia de Zaragoza afectados por las riadas y que, en principio, resultan destinatarios de las subvenciones propuestas.

Ante la eventualidad de que puedan repetirse estos fenómenos adversos, se contempla la posibilidad, en este caso mediante decreto, de extender la aplicación de estas medidas a nuevos daños que pudieran producirse hasta el 31 de mayo y ampliar los municipios destinatarios de las medidas.

Los términos municipales afectados son Alagón, Alborge, Alcalá de Ebro, Alfajarín, Alfamén, Allforque, Bárboles, Bardallur, Boquiñeni, Cabañas de Ebro, Calatayud, Calatorao, Caspe, Chiprana, Cinco Olivas, Codos, Ejea de los Caballeros, El Burgo de Ebro, Fuentes de Jiloca, Gallur, Gelsa y Grisén.

Asimismo, La Puebla de Alfindén, La Zaida, Jaraba, Luceni, Novillas, Nuez de Ebro, Osera de Ebro, Pedrola, Pastriz, Pina de Ebro, Pleitas, Plasencia de Jalón, Pradilla de Ebro, Quinto, Remolinos, Ricla, Sádaba, Sastago, San Mateo de Gállego, Sobradiel, Tauste, Torres de Berrellén, Utebo, Urrea de Jalón, Velilla de Ebro, Villafranca de Ebro, Villanueva de Gállego, Zaragoza y Zuera.

DOS GRUPOS DE INTERVENCIONES

Las actuaciones previstas por el Gobierno de Aragón se dividen en dos grupos: uno de medidas para paliar daños materiales en viviendas y enseres domésticos, en explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales, establecimientos industriales y mercantiles, y a favor de las personas afectadas; y otro de medidas para la reparación de infraestructuras y servicios públicos.

En el primer grupo se contemplan subvenciones para resarcir los daños ocasionados a particulares en viviendas, enseres domésticos y otros bienes muebles, así como acceso preferente a la Red de Servicios Sociales Especializados del Gobierno de Aragón y otros recursos sociosanitarios.

Igualmente, están previstas subvenciones a personas físicas o jurídicas que hayan efectuado prestación personal o de bienes; indemnización de daños en producciones agrícolas, ganaderas y forestales; subvenciones para la restauración de explotaciones agrarias, ganaderas, así como sobre los gastos en explotaciones ganaderas y subvenciones para resarcir los daños ocasionados a establecimientos industriales, comerciales, turísticos y mercantiles.

En el segundo grupo se incluyen subvenciones para resarcir los daños ocasionados en infraestructuras, instalaciones, equipamientos y servicios de titularidad de los municipios, mancomunidades y comarcas.

También se contempla la reparación de daños en infraestructuras públicas de riego o subvenciones a sus titulares o gestores para efectuarla; reparación de daños medioambientales; de daños en infraestructuras del ciclo integral del agua de titularidad autonómica y municipal o, en este último caso, subvenciones a los municipios para efectuarla, así como de daños en carreteras.

CRÉDITOS PREFERENTES O MORATORIAS

El consejero ha explicado que la Administración autonómica formalizará con las entidades financieras que se adhieran los correspondientes convenios con el objeto de facilitar a las personas físicas o jurídicas afectadas el acceso a líneas preferenciales de crédito o la moratoria en el pago de préstamos y créditos hipotecarios formalizados con anterioridad a los daños.

El Gobierno de Aragón también compensara el importe de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio de 2018 correspondientes a viviendas y fincas rústicas dañadas como consecuencia directa de las inundaciones.

Se autoriza al Consejero de Hacienda y Administración Pública para que habilite en las secciones correspondientes los créditos necesarios para la ejecución de las medidas contempladas en este decreto ley.

Estos créditos serán ampliables y se financiarán con cargo al Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria y con bajas en créditos de la Sección 30 --de diversos Departamentos--. En caso de que fuera necesaria financiación adicional, se dotaría con bajas en otros créditos de los Presupuestos de la Comunidad.

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