Tribunales.- El TSJA niega que Vera actuara "a sabiendas" en la concesión de la licencia de Torres del Moncayo

Europa Press Aragón
Actualizado: jueves, 8 octubre 2009 20:44

ZARAGOZA 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que hoy hizo pública su sentencia absolutoria de la ex-alcaldesa de Tarazona (Zaragoza) Ana Cristina Vera, quien había sido acusada de sendos delitos contra la ordenación del territorio y de prevaricación, afirmó, en los fundamentos de Derecho de la sentencia, que Vera no actuó "a sabiendas" al conceder la licencia de primera ocupación de la fase VI del sector P-5 de la urbanización Torres del Moncayo, actuación que no se ajustó a derecho.

La sentencia hecha pública hoy por la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJA señala, en sus fundamentos de Derecho, que para condenar a un funcionario público por prevaricación deben darse varias circunstancias, una de las cuales es que haya incurrido en este tipo delictivo "a sabiendas", es decir, con "conciencia y voluntad del acto", esto es, "con intención deliberada y plena conciencia de la ilegalidad del acto realizado, o sea, concurriendo los elementos propios del dolo".

El TSJA recurre a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), que en una sentencia del año 2000 subraya que no tiene por qué entenderse como delictiva cualquier "interpretación errónea o discutible de las normas jurídicas", a lo que añade que la resolución administrativa que pueda ser "revisada" y cuyos efectos nocivos puedan ser modificados a través de la Administración tampoco será calificada como delictiva.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón acude, asimismo, a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que en una sentencia de 2004 señaló que sólo las conductas "más graves e intolerables" encajan en el tipo penal de prevaricación.

En la sentencia hecha pública hoy, el TSJA concede "absoluta" credibilidad al testimonio, que durante la vista oral, dio la ex alcaldesa, quien afirmó que ningún técnico le indicó que la concesión de la licencia de primera ocupación que concedió a la fase VI del Sector P-5 era contradictoria con el informe que emitió el primer arquitecto municipal, luego fallecido, puesto que fue un funcionario de Urbanismo quien redactó la resolución que firmó la alcaldesa.

Esta resolución, a su vez, se basaba en el informe del arquitecto, que no conducía, según estima el TSJA, a ninguna conclusión de supuesta ilegalidad de licencia alguna, de ahí que Vera actuara sin conocer el alcance supuestamente ilegal de la concesión de la licencia.

La sentencia hecha pública esta mañana entiende que la licencia de primera ocupación no tenía como misión, en la legislación vigente, la revisión de la licencia de obras y, por otra parte, rechaza la acusación de delito continuado de prevaricación al entender que no encajan en el artículo 74 del Código Penal las decisiones de Vera de promover un acuerdo municipal para compensar el que, inicialmente, motivó el recurso contencioso-administrativo que presentaron los propietarios de las fases III y IV del Sector P-5 cuando entendieron que las cuotas de urbanización estaban más repartidas, ni tampoco la decisión del equipo de Gobierno local de no responder a los requerimientos de la Dirección General de Vivienda.

El TSJA resalta que, cuando Vera conoció la no legalidad de la resolución favorable a la concesión de la licencia de primera ocupación, actuó como responsable de la Administración local para restablecer la legalidad.

Asimismo, continúa afirmando que, sin que se conozca el motivo, la providencia que redactó el entonces secretario del Ayuntamiento de Tarazona en la que se comunicaba formalmente, por parte de la alcaldesa, la decisión de informar la denuncia para responder a la situación ilegal en que se encontraba parte de las fases V y VI del Sector P-5, "desapareció", no sólo de su versión en papel, sino también del sistema informático municipal, lo que imposibilitó a Vera actuar por el procedimiento administrativo.

Esta providencia estuvo motivada por las conversaciones que Vera mantuvo con los propietarios de las fases III y IV del Sector P-5 después de que la Justicia diera la razón a estos propietarios en una sentencia que fue recurrida.

Después de esta sentencia, remarca hoy el TSJA, Vera pidió el informe al letrado Sáenz de Buruaga. El TSJA recuerda que la sentencia no era firme y estaba recurrida. De hecho, la sentencia firme dio la razón a la hoy ex-alcaldesa. El Tribunal Superior señala que, asimismo, el caso era jurídicamente "complejo" en sí mismo y más para Vera, cuya formación académica es de graduada social y no de letrada y experta en Derecho Administrativo.

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