CALATAYUD (ZARAGOZA), 10 (EUROPA PRESS)
El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Calatayud ha solicitado información al Ministerio de Administraciones Públicas y al Gobierno de Aragón respecto a la obligación de que se celebren plenos mensuales en el Consistorio bilbilitano.
Los socialistas recuerdan que tras las elecciones locales de 2003, este Ayuntamiento celebra sesiones plenarias ordinarias cada dos meses, una situación determinada por el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Calatayud y el Acuerdo Plenario con fecha 30/6/2003, adoptado únicamente con los votos favorables del Grupo Popular, y los votos en contra del Grupo Socialista y CHA.
El artículo 115 de la Ley de Administración Local de Aragón establece, en cuanto a sesiones ordinarias y extraordinarias, que "el Pleno celebrará sesión ordinaria, como mínimo, cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes".
Desde el PSOE aseguran además que el artículo 46 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local contiene una regulación similar respecto a la celebración de sesiones plenarias ordinarias, ya que señala que "el Pleno celebra sesión ordinaria como mínima cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes".
Según han difundido los medios de comunicación recientemente, citando fuentes municipales, el Ayuntamiento de Calatayud ha superado los 20.000 habitantes y de hecho, el Instituto Nacional de Estadística ha certificado que la ciudad cuenta con una cifra superior a la indicada.
Sin embargo, y contestando a una pregunta del Grupo Municipal Socialista, por el Alcalde de Calatayud se ha manifestado que pese a que el INE certifica la cifra de 20.263 habitantes, "la celebración de plenos mensuales no se realizará, hasta tanto no esté constituida la Corporación con 21 concejales".
El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Calatayud considera que el Consistorio debe celebrar sesiones plenarias ordinarias todos los meses ahora por mandato legal, y por ello se han dirigido al Ministerio de Administraciones Públicas que se emita informe respecto a la obligatoriedad, en el año 2006, para el Ayuntamiento de Calatayud, de convocar plenos mensuales al superar la cifra de 20.000 habitantes.