Archivo - Puerta de acceso al bloque de viviendas del número 3 de la calle Piloña, en Gijón. (Archivo) - EUROPA PRESS - Archivo
GIJÓN, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -
El bloque de vecinos del número 3 de la calle Río Piloña, de Gijón, afectado por la Sareb, ha advertido este viernes sobre el "limbo legal" en el que se encuentra y ha pedido la mediación del Principado para evitar los desahucios.
A través de una nota de prensa, han explicado que, desde comienzos de este año, el bloque se ha visto inmerso en una negociación contractual con la Sareb para conseguir que los borradores de contrato lleguen a la totalidad de los vecinos.
Asimismo, han apuntado que, para ello, la Sareb ha ofertado, en unos casos, contratos sociales y, en otros casos, contratos asequibles.
En cuanto a los contratos, han asegurado que "no son sociales ni son asequibles" y han afirmado que incumplen "de manera reiterada" la Ley de Arrendamientos Urbanos.
El contrato social ofertado por la Sareb, según los vecinos, tiene como característica principal la bonificación de la renta con función a la vulnerabilidad del inquilino, que implica un descuento de lo que sería la renta inicial del piso, el valor que la Sareb le concede si estuviera situado en el mercado libre.
Para gozar de este alquiler social es condición indispensable firmar el anexo del acompañamiento social, dejando claro que la renta se halla sujeta a la bonificación voluntaria de la arrendadora. Esto implica que podrá suprimirla o modificarla libremente y el piso pase a tener una renta de mercado libre.
También han señalado que cada año se actualizará la renta conforme al IPC, como así marca la ley, pero no se hará lo mismo sobre la renta bonificada, que es la que tiene el carácter social, sino sobre la renta inicial, la valorada por el mercado libre.
De esta forma, al año del contrato la renta se actualizará anualmente más allá del IPC, "dejando a familias con ingresos económicos débiles en un limbo en el que desconocen qué renta tendrán que pagar al año del contrato", han recalcado.
Esta cláusula, junto a la anterior, evidencia para ellos que las intenciones de la Sareb son "eliminar la renta bonificada lo antes posible", han alertado.
Además, han afirmado que el contrato ofertado por la Sareb, un borrador nuevo, "incumple" la división horizontal del edificio, ofertando contratos en los que se excluye el garaje y el trastero.
Otra de las cláusulas hace referencia al estado de conservación del piso. El inquilino, según el contrato, firma que "todos los elementos del inmueble se encuentran en buen estado de conservación y en estado de servir al uso que les es propio", por lo que se compromete a mantenerlo en ese estado.
Sobre este asunto, han considerado que esta cláusula hace reconocer al inquilino todas las deficiencias que tienen los pisos, "fruto de años de abandono del edificio, como las ingentes humedades por la ausencia de tela asfáltica en la azotea", han llamado la atención.
También han apuntado que la Sareb viene a incumplir el Artículo 1566 del Código Civil, "eliminando la posibilidad de la tácita reconducción", han avisado.
En este caso, han indicado que la Sareb oferta contratos de siete años, estableciendo que a la finalización de ese séptimo año el contrato queda extinto sin posibilidad de una prórroga, pese a que la legislación permite una prórroga de tres años si no se avisa con cuatro meses de antelación.
Han remarcado que también se viene a incumplir el Artículo 12 de la LAU sobre el desistimiento del contrato, al indicarse que solo se podrá realizar a los seis meses de la firma.
Según los vecinos, la Sareb anula todos los derechos de los convivientes, reconocidos en el contrato en un anexo propio, afirmando que si el titular del contrato desiste del mismo y abandona la vivienda, los convivientes deben hacerlo de igual forma, sin posibilidad de seguir como arrendatarios.
Han apuntado, como incumplimiento, el Artículo 25 de la LAU sobre los derechos de tanteo y retracto, al obligar a firmar al inquilino "la renuncia expresa y de manera irrevocable a los derechos de adquisición preferente regulados en la LAU, cuya aplicación queda excluida". "Si bien se permite la renuncia, esta debe ser mediante un pacto entre las partes que aquí nunca ha existido", han dejado claro.
Estos han considerado, asimismo, que se incumple el Artículo 18.2 de la Constitución Española sobre el derecho fundamental relacionado con la inviolabilidad del domicilio, al obligar al inquilino a dejar acceder al inmueble dos veces al año con el fin de comprobar el estado de conservación del piso.
Según los vecinos, las visitas semestrales de comprobación, así como las visitas comerciales, van en contra de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo sobre el derecho a la intimidad.
A esto han sumado que la ley obliga a responder de la buena conservación y mantenimiento del inmueble, pero lo aplaza al tiempo de finalización del contrato.
Respecto a los contratos asequibles, han opinado que están llenos de cláusulas "abusivas", tales como la deuda que la Sareb atribuye a los vecinos, basada en las rentas que consideró que se generaron al haber permanecido en la vivienda, pese a no haber habido ninguna relación contractual con la compañía.
"Hoy por hoy está formulada como carácter indemnizatorio frente a la Sareb por la ocupación y uso inconsentido del Inmueble por parte de la Arrendataria y con carácter previo a la suscripción del presente Contrato", tal como figura en el texto remitido por la entidad.
Para los vecinos, es un cambio conceptual que demuestra que el cobro de la deuda es fundamental para ellos, independientemente del coste. Sobre la cantidad, 23.000 euros, han alegado que no cumple los requisitos de ser una cantidad líquida y exigible como dice la Sareb.
Los vecinos afectados han defendido el cumplimiento puntual con las obligaciones de pago ante la anterior propiedad, así como "la diligencia activa en tratar de localizar al nuevo titular de cobro sin éxito". Han recalcado que la falta de cobro se debe "exclusivamente a la desorganización administrativa de la arrendadora".
A mayores, han apuntado que la sentencia del 9 de enero de 2025 reconoce que la nueva propietaria no puede exigir a los inquilinos en situación de precario rentas de un subsistente contrato, así como tampoco justificar ningún tipo de motivación pecuniaria de reclamación de rentas.
Incluso, a los ocupantes que han ido abandonando las viviendas la Sareb les ha reconocido que no se había generado ni contraído deuda alguna, y solo se pide en la oferta de contratos asequibles. Para ellos, es "una trampa en toda regla".
Al margen de ello, han alertado de que la Sareb plantea una penalización por demora en el desalojo que, según la normativa de protección de consumidores y usuarios, es una cláusula "nula" debido a la imposición de una indemnización "excesivamente alta", en este caso el triple de la renta diaria.
Han incidido, por otra parte, en que las rentas planteadas suponen una tasa de esfuerzo superior al 30 por ciento de los ingresos de los vecinos, algo que infringe el concepto de asequibilidad.
"Apartamentos de 56 metros cuadrados, con una horquilla de renta fijada de forma mínima en 387,55, tiene una renta marcada en 580 euros", han apuntado.
Los vecinos afectados, además, han visto necesaria la intervención de la Consejería de Vivienda del Principado de Asturias para evitar estas prácticas "abusivas" que la Sareb les quiere obligar a firmar.
Ligado a ello, han solicitado una reunión con el consejero a cargo de la misma, Ovidio Zapico, y con el director general de Vivienda, también encargado de Vipasa, para hacer cumplir el mandato del Parlamento asturiano y mediar para evitar el desahucio.
"El miedo a los desahucios es real, tangible", han reconocido, a lo que han afeado a la Sareb que se aproveche de ello para presionarles a firmar.