GIJÓN/ OVIEDO 14 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón deberá decidir en los próximos meses si prorroga la prisión provisional a un condenado por matar en 2010 en Gijón con una escopeta a su mujer, María Isabel González Pereira, de 58 años, al haber recurrido el abogado de la defensa la sentencia que condenaba a su cliente, Luis M.C., a 22 años y medio de cárcel, señalaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Según las mismas fuentes, es más que probable que la resolución del recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) llegue con posterioridad al mes de abril, por lo que se celebraría una comparecencia para decidir sobre la citada prórroga, al cumplirse el 20 de abril los dos años desde el asesinato.
La Ley establece que el tiempo máximo de permanecer en esta situación en la cárcel es de dos años, por lo que de no prorrogarse la prisión provisional quedaría libre. No obstante, al haber habido ya una sentencia condenatoria, es casi seguro que esta se prorrogue pese a estar el fallo recurrido.
TRES TIROS DE ESCOPETA
Los hechos tuvieron lugar en el domicilio conyugal, después de que a primeros de abril de 2010 la mujer, ella le pidiera el divorcio ante la actitud "controladora" de su marido tras la jubilación de este. El día 20 de ese mes, sobre las 9.20 horas, la esposa se estaba preparando para ir a trabajar y al ir al servicio desnuda de cintura para arriba, el imputado intentó besarla, a lo que ella se negó.
Fue entonces cuando el procesado, "espontánea e inesperadamente", cogió una escopeta del armario del salón que tenía allí guardada y varios cartuchos. El hombre llegó a disparar tres veces a la mujer, una en una mano, otra en la cara externa del codo izquierdo y la última, con la que remató a la víctima, ya en el rellano de la escalera, a donde la mujer había salido para pedir auxilio. En el momento de la detención, poco después de los hechos, el procesado llegó a insultar a la víctima ante un policía, al que indicó que la mujer le ponía los cuernos y le había vaciado la cartilla.
Tras el juicio a puerta cerrada, en el que el acusado se acogió a su derecho a no declarar, el jurado lo encontró culpable de los hechos y el Tribunal lo condenó a 22 años y medio de cárcel, dando por saldada la indemnización al ceder la parte del piso que le correspondía a sus dos hijos, representados por la letrada María Jesús Sánchez Obeso.
No obstante, el abogado de la defensa, Sergio Herrero, recurrió el fallo, entre otros motivos, por no haberse considerado el atenuante de arrepentimiento espontáneo. El letrado había cambiado su calificación durante la vista y ha había aceptado calificar los hechos de asesinato, en lugar de homicidio, aunque con una pena máxima de diez años al aplicar una serie de atenuantes.