La Audiencia exime a un propietario de un gimnasio de pagar derechos por la reproducción de fonogramas

Actualizado: domingo, 5 julio 2009 16:12

Dos sociedades de gestión reclamaban al dueño del establecimiento el pago de 5.213 euros

OVIEDO, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

La sección primera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha eximido al propietario de un gimnasio de pagar a dos sociedades de gestión de derechos intelectuales 5.213 euros por la reproducción de fonogramas.

La sentencia revoca la decisión del juzgado de lo mercantil número 2 de Oviedo que dio inicialmente la razón a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y la Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión (AIE). Este juzgado condenaba al demandado a pagar 3.544,97 euros más los intereses de demora.

Esta sentencia fue recurrida por la abogada, Sofía González Lahera, que representaba al propietario del gimnasio 'Oviedo Sport' al considerar que "no había pruebas de la reproducción de fonogramas" en el establecimiento al alegar el demandado que en el gimnasio "utiliza la televisión" en vez de un soporte magnético.

Asimismo, la letrada añadió que ninguna de las dos sociedades determinaron los metros de superficie del local que están considerados una de las circunstancias determinantes de los criterios cuantificadores del canon a pagar por actos de comunicación de obras protegidas por los derechos de autor exigibles por los artistas, intérpretes y ejecutantes.

Según recoge la sentencia de la Audiencia a la que ha tenido acceso Europa Press, "resulta cuando menos difícil entender correctamente motivada la demanda en relación con las cantidades que se pretenden cobrar como remuneración equitativa por parte de un usuarios de fonogramas que los comunica públicamente, cuando no se aporta siquiera las tarifas que considera para establecer la regla supletoria ante la falta de acuerdo".

La Audiencia Provincial de Oviedo impone a las dos sociedades el pago de las costas.