El cierre perimetral de Aller entra en vigor a las 0.00 horas

Control de perímetro de la Guardia Civil tras las restricciones impuestas por el COVID-19
Control de perímetro de la Guardia Civil tras las restricciones impuestas por el COVID-19 - GUARDIA CIVIL - Archivo
Publicado: martes, 26 enero 2021 19:28

OVIEDO, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -

Este 27 de enero a las 0.00 horas entra en vigor las medidas de prevención y control en el concejo de Aller, entre las que se encuentra el cierre perimetral. Las medidas durarán, como mínimo, hasta las 24.00 horas del 9 de febrero.

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicó este lunes el decreto del presidente, Adrián Barbón, por el que se declara la alerta sanitaria '4+' (nivel de riesgo extremo) y se establecen medidas de prevención y control en los concejos de Lena, Grado y Aller.

En el caso de Aller, en los días, 21, 22 y 23 de enero, muestra una IA14, respectivamente, de 367,5 414,6 y 452,3 casos por cien mil habitantes. Asimismo, la incidencia en mayores de 65 años es de 287,9 casos por cien mil habitantes, estable los días de referencia. La trazabilidad, por su parte, ha pasado del 70,95% al 70,11%.

Son ya 14 los concejos que ya han recibido la notificación que les obliga a aplicar las restricciones contempladas para este nivel de alerta. Se trata de Aller, Lena, Grado, Avilés, Castrillón, Corvera, Oviedo, Cangas del Narcea, Llanes, Gijón, Noreña, Mieres, y San Martín del Rey Aurelio, todos ellos en nivel de riesgo '4+'.

Por otro lado, Valdés y Carreño serán los siguientes en entrar en nivel de alerta '4+' de transmisión del coronavirus si no mejoran sus datos de contagio en las próximas 48 horas, según el mapa de medidas por concejos actualizado por el Observatorio de Salud de Asturias.

Las nuevas restricciones para hacer frente a la COVID-19 implican la limitación de la entrada y salida en el concejo, salvo desplazamientos adecuadamente justificados; y la limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas, y que en domicilios queda limitada, exclusivamente, a las personas convivientes.

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