Un ganadero reincidente ingresará en prisión por un incendio forestal en Fano

Actualizado: lunes, 23 julio 2012 15:58

OVIEDO, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

Un ganadero de Gijón deberá ingresar en prisión para cumplir la pena que le ha impuesto la Sección Octava de la Audiencia Provincial por un incendio forestal que inició por una imprudencia grave en Fano (Gijón), al ser reincidente, ya que acumula otra condena del año 2008 por hechos casi idénticos. Al ser reincidente, no cabe la suspensión de la condena.

Según informó Fiscalía, el tribunal de la Audiencia desestima así el recurso presentado por la defensa del acusado y estima el interpuesto por la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Asturias.

La sentencia, que confirma la condena apreciada por el Juzgado de lo penal, fija la pena en once meses de prisión, una multa de 1.980 euros, el abono de una indemnización de 1.971,60 euros al Ayuntamiento de Gijón y de 3.053,56 euros a Bomberos de Asturias, y el pago de las costas procesales, incluidas las generadas por la acusación particular.

LOS HECHOS

El 6 de marzo de 2010, el acusado, L. A. D. Á, nacido en 1957, prendió fuego en un monte denominado Xigal, en el barrio Carbonero, en Fano (Gijón), con la intención de quemar alguna mata de matorral y monte bajo y, de esa manera, "limpiar el monte" y "crear pastos" para su ganado. Lo hizo sin estar en posesión del pertinente permiso y sin adoptar las más elementales normas de precaución para evitar que las llamas se propagasen, como hacer un cortafuegos, disponer de medios de extinción, avisar al guarda forestal, etcétera, por lo que el fuego terminó extendiéndose sin control, calcinando dos hectáreas.

El monte era propiedad del Ayuntamiento de Gijón. Las llamas ocasionaron unos perjuicios medioambientales valorados pericialmente en 1.000 euros, y unos gastos de extinción, al Ayuntamiento de Gijón, de 971,60 euros, y a Bomberos de Asturias, que intervino con el helicóptero, de 3.053,56 euros.

Según la Audiencia, "todo el mundo sabe, y más aún quien vive en el monte y trabaja con ganado, que para hacer fuego en el monte hace falta un permiso y que, ante el evidente riesgo de incendio, deben adoptarse ciertas precauciones". La sentencia descarta por falta de pruebas la presencia de una eximente de enajenación mental en el acusado, tal y como alegó la defensa.