Piden 2 años de cárcel y multa para el responsable de un bar de Avilés por poner la música alta

Publicado: lunes, 10 junio 2019 5:59

OVIEDO, 10 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una condena de prisión de dos años y una multa de 5.040 euros para el responsable de un bar de Avilés por poner música por encima de los niveles permitidos "de forma reiterada". La vista oral se celebrará este lunes, 10 de junio, en el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés, a las 9.45 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado, desde el día 1 de diciembre de 2014, explotaba un café-bar ubicado en la calle La Estación de Avilés. Por decreto de la Alcaldía, de fecha 2 de febrero de 2015, se autorizó al acusado a cambiar a su nombre la titularidad de la licencia de apertura de una actividad de bar con música amplificada.

El decreto señalaba, entre otros extremos, que el nivel sonoro en el interior del local no sobrepasaría los 90 dBA. Sobre el local se hallaba la vivienda propiedad de una vecina, que estaba arrendada desde marzo de 2016 a una familia.

Según la Fiscalía, "el acusado desarrolló su actividad sin adoptar las medidas pertinentes para evitar las emisiones sonoras que la instalación musical de su negocio generaba en la vivienda superior, y que por su importancia e intensidad perturbaban el sosiego y hábitat familiar de sus ocupantes".

Y así, en el mes de julio de 2017, una de las inquilinas tuvo que abandonar su vivienda, por la intensidad de los ruidos provenientes del café-bar, que le provocaron trastornos del sueño y cefaleas crónicas.

Según mediciones llevadas a cabo los días 1 y 2 de diciembre de 2017, los niveles de ruido en la vivienda, en horario nocturno, oscilaban entre los 45,3 dBA y los 52,9 dBA.

El 5 de julio de 2018, los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Avilés llevaron a cabo una nueva medición, obteniendo niveles que alcanzaban los 46 dBA en horario nocturno. Por su parte, los niveles de presión sonora de emisión, generados por el equipo musical instalado en el local, con la ganancia al máximo, llegaron a alcanzar los 97 dBA.

El resultado de todas las mediciones excedía de los límites estipulados en las normativa aplicables, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, que fijaron el límite de transmisión de ruido a colindantes, en horario nocturno, en 30 dBA , 28 dBA y 28 dBA, respectivamente.

A resultas de la exposición continuada a estos niveles de ruido, el matrimonio arrendado sufrió cuadro clínico de insomnio y su hija está diagnosticada de insomnio y cefalea, precisando todos ellos para su curación de una única asistencia sanitaria, con seguimiento de medidas o actos terapéuticos. Según informe forense, el tiempo necesario para la sanidad de sus padecimientos está íntimamente ligado a la persistencia del agente desencadenante de los mismos, es decir, el ruido. No tendrán secuelas una vez desaparezca ese factor estresante.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica y tres delitos leves de lesiones, y solicita que se condene al acusado, por el delito contra el medio ambiente por contaminación acústica, a 2 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, así como a 14 meses de multa con cuota diaria de 12 euros, que asciende a 5.040 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, e inhabilitación especial para el ejercicio de la actividad a que venía dedicándose durante 2 años.

Por cada uno de los delitos leve de lesiones, pide 2 meses de multa con cuota diaria de 12 euros, con un total de 720 euros, y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; además del abono de las costas procesales.

En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a los inquilinos de la vivienda con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, más los intereses legales correspondientes.

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