Un camarero sirve a los clientes en una terraza de un bar - Iván Terrón - Europa Press
OVIEDO 22 May. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Sanidad ha publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una nueva orden ministerial de flexibilización de restricciones para pequeños municipios y entes locales de ámbito territorial inferior.
El artículo 6 establece que los establecimientos de hostelería y restaurantes pueden reabrir al público para el consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio, con las mismas normas que establece la orden ministerial que regulaba la fase 2 de desescalada.
Se libera así de las restricciones anteriores a los municipios que tengan menos de 10.001 habitantes y una densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.
"Se pretende flexibilizar alguna de las restricciones aprobadas en distintas órdenes ministeriales para estos municipios de menor población y densidad, de modo que los municipios que se encuentren en unidades territoriales en fase 0 y 1 puedan acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2, lo que sin duda contribuirá a que recuperen paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica", señalan desde Sanidad para justificar la nueva orden en su exposición de motivos.
Para reabrir al público los bares y restaurantes y consumir en el local, Sanidad se remite a la orden que regula la fase 2. Es decir, que no se supere el cuarenta por ciento del aforo, que sólo se pueda servir en mesa, y preferentemente mediante cita previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra.