En vigor el Plan Parcial Pico de Otero Sur que prevé 63 viviendas familiares y 53 colectivas

El Planeamiento propone para la zona la constitución de un entramado de tipo residencial de baja densidad

Plan Parcial Pico de Otero, Bezana
EUROPA PRESS
Europa Press Cantabria
Actualizado: viernes, 26 abril 2013 11:15

SANTA CRUZ DE BEZANA, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana ha publicado este viernes, en una edición extraordinaria del BOC, el contenido íntegro del Plan Parcial Pico de Otero Sur, que prevé la construcción de 63 viviendas familiares y 53 colectivas.

Dado que el ámbito del Sector 109 se sitúa sobre Area Periurbana de las definidas en la Ley de Cantabria del Plan de Ordenación del Litoral, se dispone que el 25% de la superficie construida para uso residencial, lo que equivale a 5.935,25 m2, sea destinada a vivienda de protección pública, dentro de las de tipología colectiva.

El Proyecto de Plan Parcial del Sector 109 del Suelo Urbanizable Delimitado en Sancibrián, previsto en las Normas Subsidiarias de Santa Cruz de Bezana, fue aprobado definitivamente el pasado 27 de marzo por el pleno de la Corporación Municipal, y estará en vigor este sábado, 27 de abril, manteniendo su vigencia con carácter indefinido.

El Plan se ha redactado por iniciativa del promotor, la Comisión Gestora de la Junta de Compensación del Plan Parcial Pico de Otero Sur, Sector 109, en su representación Fuentenogal, en virtud de la aplicación de la Ley del Suelo y del reglamento de Planeamiento Urbanístico, según señala el documento, consultado por Europa Press.

El Plan corresponde al tipo de Suelo Urbanizable Delimitado de carácter Residencial. Las ordenanzas que le corresponden son las de vivienda familiar, vivienda colectiva y usos compatibles, según las NN.SS.

El Plan define una única Unidad de Ejecución. El sistema de actuación establecido es el de Compensación, que se realizará de acuerdo con las determinaciones establecidas en el Reglamento de Gestión Urbanística, mediante la aprobación de los Estatutos y Bases de actuación, la constitución de la Junta de Compensación, la aprobación del correspondiente proyecto de Compensación, y la aprobación y ejecución del correspondiente Proyecto de Urbanización.

El sector se sitúa en una zona "de carácter tranquilo" "muy adecuada" para el uso residencial, marcada por su proximidad al núcleo urbano de Sancibrián, bien situada en cuanto a la red viaria actual y las previsiones de futuro, indica el documento.

ENTRAMADO RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD

El Planeamiento propone para la zona la constitución de un entramado de tipo residencial de baja densidad. La zona fue considerada a tal efecto como adecuada por el Plan, por ofrecer "excelentes comunicaciones", líneas de transporte público de viajeros, etc, señala el documento.

También por su situación en relación a la costa (entre 2 y 4 kilómetros de distancia a las playas de Liencres, Somocuevas, Cerrias, Portio, Arnía, San Juan de la Canal, Virgen del Mar, etc.), sin que esto suponga "una presión inmediata sobre ella", y por su cercanía a todo el sistema residencial, productivo, comercial, de ocio, y de servicios de la comarca de la Bahía, así como por la importancia y dimensión de los servicios de infraestructura, de los equipamientos, etc.

El objetivo principal del Plan Parcial es el desarrollo de una zona de carácter residencial y usos compatibles, de alta calidad, adaptada al entorno. Así, en el modelo que finalmente se propone, la urbanización se extiende sobre un entramado regular, con dos tipos de áreas residenciales diferenciadas, una con edificación residencial de tipología colectiva y otros usos que sean compatibles y otra para edificación residencial de tipología familiar, sobre parcelas individualizadas.

El Plan Parcial Pico de Otero Sur Sector 109, propone una distribución de la edificación en 9 lotes edificables, cada uno de ellos con su área de movimiento, a los que se les asignan los usos, la ocupación máxima, edificabilidad máxima, y el número máximo de viviendas, además del número de plantas, altura máxima, etc.

La superficie bruta (ámbito de ordenación) es de 52.875 metros cuadrados y la que se urbaniza asciende a 54.096 m2. La cesión obligatoria total de aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento es de 3.561,15 m2.

CORRECCIONES INTRODUCIDAS LA CROTU

Según consta en el documento, se han corregido, justificado e incorporado las determinaciones señaladas por el Informe final de la CROTU, según lo especificado por el Ayuntamiento.

Así, se cumple con lo establecido en la Orden por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos, en lo relativo a recorridos peatonales con plena accesibilidad, y se han ampliado las anchuras en las aceras.

También se ha procedido al ajuste de la vialidad, equipamientos y espacios libres, que adoptan una nueva posición de mayor centralidad, evitándose las zonas de talud, cuyas superficies quedan ahora como zonas verdes marginales a la vialidad, excluyéndose del cómputo de dotaciones.

Finalmente se comprueba el cumplimiento del artículo 14 de la Ley del POL en los espacios libres, que en la dirección de su máxima pendiente es inferior al 6%.

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