SANTANDER, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -
La comunidad autónoma de Cantabria y la Administración General del Estado iniciarán las negociaciones para resolver las discrepancias sobre la Ley de Cooperativas de Cantabria relativas al ámbito de aplicación de la misma.
Según ha informado el Gobierno regional a Europa Press, se trata de una cuestión "puramente técnica", que el Ejecutivo está dispuesto a solventar.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) y el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publican este lunes el acuerdo, de 10 de febrero, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Cantabria en relación con la Ley 6/2013, de 6 de noviembre, de Cooperativas de Cantabria, según el cual se inician las negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas por el Estado en relación con el artículo 3.1, párrafo segundo, de la citada Ley.
Este párrafo dice textualmente que "se entenderá que la actividad cooperativizada se realiza con carácter principal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuando la misma en términos económicos resulte superior en su conjunto a la desarrollada fuera de la Comunidad".
Según ha explicado el Gobierno regional, este párrafo se incluye en las leyes de cooperativas de todas las comunidades autónomas excepto las palabras "en términos económicos", que el Ejecutivo cántabro incluyó por consejo de un comité de expertos para dar mayor claridad al apartado.
Sin embargo, el Estado cree que, con esta precisión, la ley puede "entrar en colisión" con otras leyes, por lo que el Gobierno de Cantabria la eliminará.
Esta cuestión ya ha sido abordada en la comisión bilateral, que también acordó designar un grupo de trabajo para proponer una solución --la eliminación de esta precisión-- y comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional y publicarlo en el BOE y en el BOC.
LEY
La ley, aprobada por el Pleno del Parlamento en octubre de 2013, contempla la constitución de las cooperativas mediante escritura pública y a "coste cero" y fija en tres el número mínimo de socios para constituir una sociedad de este tipo (con la excepción de las cooperativas de trabajo, en la que se reduce a dos).
Establece el capital social mínimo en 3.000 euros y permite su desembolso en cuatro años, abonando el 25% (750 euros) en el momento de la constitución.
La dotación del fondo de reserva obligatorio se podrá reducir a la mitad cuando llegue al cien por cien y se puede aplicar a inversiones; y los trabajadores por cuenta ajena de la cooperativa podrán realizar hasta el 60% del total de horas trabajadas.
Además, se crea un Consejo Cántabro de Economía Social, "sin coste" para la administración, que ejercerá funciones consultivas y de asesoramiento, pero también de conciliación y arbitraje en conflictos entre cooperativas y entre socios de una misma cooperativa.
Cantabria es la segunda provincia con menor porcentaje de cooperativas en su tejido empresarial, un 0,26% en 2011, frente al 0,68% a nivel nacional. La comunidad no ha tenido hasta la fecha una norma propia sobre cooperativas, por lo que las sociedades de este tipo estaban hasta ahora sujetas a la regulación estatal, que data de 1999.