CANTABRIA.-El Gobierno sufragará los proyectos para fomentar la competencia matemática en los centros educativos

El BOC publica hoy las bases de la convocatoria

Alumno, Matemáticas, Escolar
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA
Europa Press Cantabria
Actualizado: viernes, 2 mayo 2014 14:17

SANTANDER, 2 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria convoca una subvención destinada al desarrollo de proyectos que tengan por objetivo el fomento de la competencia matemática en los centros educativos de la región durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016.

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy las bases reguladoras para acceder a estas ayudas, que alcanzarán hasta el 50% del total del coste de cada iniciativa.

Esta subvención se enmarca en el Plan para el fomento de la competencia matemática que pretende, como objetivo general, mejorar la competencia en matemáticas del alumnado, incidiendo especialmente en la resolución de problemas, el uso de estrategias, la argumentación y la interpretación y validación de los resultados obtenidos, ha indicado el Gobierno en un comunicado.

Los objetivos específicos del Plan buscarán impulsar la innovación en el desarrollo de la práctica docente, potenciar de la creatividad en matemáticas, mejorar el interés del alumnado en esta área de conocimiento, atender a las necesidades individuales de los estudiantes, promover el desarrollo profesional de los docentes en competencia matemática, preparar al alumnado para el aprendizaje permanente y autónomo y fomentar la reflexión conjunta de los diversos agentes del centro sobre la importancia de las matemáticas, entre otros objetivos de interés.

En esta convocatoria podrán participar los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, así como los privados concertados, que impartan educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato de la Comunidad Autónoma.

La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la orden en el BOC.

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