SANTANDER 13 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado en una sentencia la norma que regula la selección de personal estatutario temporal en la sanidad cántabra aprobada en diciembre de 2011 por el Gobierno regional y ha desestimado un recurso de una aspirante contra él.
La Sección Séptima de la Sala Tercera del TS ha admitido un recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Cantabria contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) de marzo de 2013 que estimaba parcialmente el recurso presentado por una particular contra el acuerdo aprobado por el Consejo de Gobierno que regulaba la selección selección de este personal y que anulaba uno de los apartados de uno de los baremos incluidos en un anexo de ésta.
Fue anulado por el TSJC por que señalaba que "exclusivamente" debían ser valorables en la experiencia profesional en plazas de médico de familia los meses trabajados en esa misma categoría.
La recurrente señalaba que ha realizado sustituciones a pediatras de Atencia Primaria y este mérito, con la norma aprobada, no se valora, lo que, a su juicio, constituía "una previsión normativa imperfecta" en la que no se cumplían los principios de igualdad, mérito y capacidad en la selección y denunciaba la "insuficiencia" del baremo al considerar "solo" valorables los servicios en categoría de médico de familia.
Sin embargo, el TS esto "no se produce" tal incumplimiento de estos principios y respalda por "certero" lo mantenido por la Administración, que sostiene que la regulación establecida en el apartado anulado de este baremo es "lógica y conforme con los principios que rigen los procesos de selección de personal estatutario temporal "en consonancia con el fijo".
Señala que "no se vislumbra" que resulte discriminatorio y contrario a estos principios que para acceder al personal estatutario temporal de las categorías identificadas en el anexo de la regulación legal aprobada deban valorarse los servicios prestados en la msima categoría, como se establecía en el apartado anulado.