Formulada memoria ambiental para la ampliación del sector 53 hacia el Sur

Actualizado: jueves, 5 enero 2012 10:19

La superficie bruta del ámbito de ordenación asciende a 108.941 metros cuadrados

SANTANDER, 5 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística ha dictado una resolución por la que se formula la memoria ambiental de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias en el Sector 53 del municipio de Santa Cruz de Bezana. La superficie bruta del ámbito de ordenación asciende a 108.941 metros cuadrados y la superficie neta de aprovechamiento a 107.626.

La modificación consiste en la ampliación del Sector a costa del suelo no urbanizable hacia el sur, estableciendo una nueva ficha de desarrollo mediante plan parcial para el ámbito. El estudio de movilidad del nuevo Sector 53 prevé una nueva vía municipal en dirección Este-Oeste paralela a la autovía S-20 que comunica con el Parque Científico y Tecnológico de Santander.

Según consta en el documento, al que ha tenido acceso Europa Press, el sector 53 mantiene la misma clasificación y calificación que tiene en las vigentes Normas Subsidiarias, la de suelo urbanizable productivo delimitado, pero la diferencia está en que la modificación puntual introduce un menor aprovechamiento con un ajuste a la baja de 1 m2/m2 a 0,8 m2/m2. La modificación supone la inclusión de un nuevo tipo de suelo urbanizable productivo delimitado UZP.

El espacio situado al sur del vigente sector 53 mediante la modificación puntual se une al sector primitivo creando un único sector 53 ampliado, también de suelo urbanizable productivo, que no estaba delimitado.

El documento señala que medioambientalmente no se puede hablar de cambios sustanciales, ya que el suelo afectado siempre ha sido calificado como productivo. Añade que el hecho de que formen una unidad de desarrollo, mayor que el inicial sector, si parece medioambientalmente más aconsejable para una zonificación más adecuada, que si los ámbitos estuvieran separados. La unión como un solo sector contribuye a la creación del corredor verde en el entorno del arroyo Lloreo que de otro modo no sería posible.

OCHO LOTES EDIFICABLES

El Plan Parcial del Sector 53 propone una distribución de la edificación en ocho lotes edificables, a los que se les asignan los parámetros de la ocupación máxima, edificabilidad máxima, además del número de plantas, y alturas, etc.

Los espacios libres se disponen en una amplia franja junto al arroyo existente, que conservará su naturalidad lográndose crear un espacio pensado como corredor verde. Además de estos espacios libres se disponen otros al sur del sector. Los equipamientos comunitarios se encuentran al oeste del sector, proponiendo la edificación en la zona de equipamiento, así como las reservas para aparcamientos dentro de la misma.

La posición de los equipamientos guarda relación con el edificio municipal "Rada", que también tiene la consideración de equipamiento, y por tanto lo complementan. El Ayuntamiento determinará el equipamiento a desarrollar, debiendo tener las zonas libres de edificación un tratamiento similar al de los Espacios Libres Públicos.

Se define un área destinada a la edificación del equipamiento, suficiente en tamaño y contigua con la edificación productiva, y una franja apoyada sobre el viario capaz y suficiente para la dotación de aparcamientos vinculados al uso específico. La estructura viaria, calzadas y aparcamientos (los integrados en la vialidad y en espacio específico), y accesos (incluidas glorietas) completan la zonificación del Plan.

CORREDORES VERDES

El órgano ambiental destaca la hidrología, el paisaje y la atmósfera, como factores significativamente afectados por la actuación territorial y urbanística que supone el desarrollo urbanístico de la actuación. Por lo tanto se establecen determinaciones tendentes a minorar los impactos sobre el paisaje.

Con el objetivo de integrar paisajísticamente la actuación y minorar la presencia visual de la edificación se contemplarán medidas de integración paisajística en el proyecto de urbanización. Así, se incluirá un apartado concreto destinado a "Jardinería y Revegetación", donde se concretarán espacialmente todas las previsiones en relación al uso de especies vegetales.

El Plan Parcial y sus documentos de desarrollo fomentarán la generación de corredores verdes y la integración visual de los viales, zonas de aparcamiento y espacios libres mediante la disposición de especies vegetales. Los terrenos alterados en la fase de ejecución, y que no sean necesarios posteriormente, deberán ser restaurados.

Teniendo en cuenta la importancia de controlar el impacto paisajístico desde los puntos de mayor acceso visual, se promoverá la ejecución de cubiertas planas, con cubiertas verdes que mejoren la integración visual y favorezca complementariamente la recuperación de las aguas pluviales, el aislamiento térmico y la calidad del aire.

Por otro lado, y frente a la posible existencia de riesgos geotécnicos, se recomienda la elaboración de un estudio en los terrenos colindantes al arroyo Lloreo.