Los concesionarios de parques eólicos deberán devolver los terrenos a su estado original

Actualizado: jueves, 13 agosto 2009 12:15

Las instalaciones que afecten a montes de utilidad pública deberán solicitar la concesión al Gobierno de Cantabria

SANTANDER, 13 Ago. (EUROPA PRESS) -

Las empresas concesionarias de parques eólicos deberán devolver los terrenos sobre los que estos se asienten a su estado original una vez que acaben su actividad de producción de energía eléctrica.

Es una de las condiciones que fija la Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico del Gobierno de Cantabria en su convocatoria del concurso para la asignación de potencia eólica, según información recabada por Europa Press.

El concurso recuerda que la autorización de la instalación de un Parque Eólico llevará implícita la obligación de remoción de las instalaciones y de restauración de los terrenos que ocupe a su estado original, una vez finalizada la actividad de producción de energía eléctrica.

Con objeto de garantizar esta obligación se deberá constituir una fianza que se establece en un importe de 20.000 euros por cada megavatio (MW) instalado del presupuesto de obras, que deberá mantenerse durante toda la vida de la instalación y se presentará en el plazo de un mes a partir de su puesta en servicio.

El importe de la fianza será actualizado anualmente mediante la aplicación del índice nacional de precios al consumo.

Esta obligación de remoción de instalaciones y de restauración de terrenos será igualmente exigible en los casos de incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones de instalación de Parques Eólicos.

Este proceso exigirá la previa elaboración de un proyecto que deberá ser autorizado por la Dirección General de Industria, una vez emitido informe por la Consejería de Medio Ambiente.

Además, en el caso de que las instalaciones de un Parque Eólico afecten a montes catalogados de utilidad pública, la presentación del proyecto técnico de ejecución se acompañará de la solicitud de concesión, efectuada ante la Consejería competente, tal y como establecen la Ley de Montes.

Este proyecto contendrá los documentos y determinaciones que se señalan en la reglamentación aplicable a las citadas instalaciones eléctricas y su aprobación será requisito previo para la iniciación de las obras en él comprendidas.

Industria recuerda que el incumplimiento de las obligaciones, condiciones y requisitos establecidos en las resoluciones de asignación de potencia eólica, en las autorizaciones de las instalaciones o la variación de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrá dar lugar a su revocación. El órgano competente para acordar la revocación de la autorización administrativa será el mismo que la otorgó.