250.000 euros para actividades de las AMPAS el próximo curso

Publicadas las bases para las becas para postgraduados y técnicos superiores en la Dirección General de Innovación y Centros Educativos

Europa Press Cantabria
Actualizado: miércoles, 17 agosto 2016 11:40

   SANTANDER, 17 Ago. (EUROPA PRESS) -

   El Gobierno de Cantabria ha convocado subvenciones, por un valor máximo de 250.000 euros, para que las asociaciones de madres y padres (AMPAS) de centros docentes no universitarios realicen proyectos de actividades durante el curso escolar.

   La Orden ha sido publicada este miércoles en el Boletín Oficial de Cantabria, consultado por Europa Press, donde se explica que estas subvenciones buscan "fomentar y potenciar" la realización de proyectos durante el curso escolar 2016-2017, entre el 1 de septiembre de 2016 al 30 de junio de 2017, que "completen el proyecto educativo de los centros escolares".

   Prioritariamente se señalan las actividades de carácter extraescolar destinadas a todos los alumnos del centro que complementen la jornada escolar del mismo, y relacionados con el desarrollo de diversas competencias, como las lenguas extranjeras o las matemáticas; la actividad física o el deporte o la competencia cultural y artística.

   El tratamiento de la información y competencia digital; el desarrollo de habilidades personales; el conocimiento y respeto al patrimonio natural y cultural y los principios del desarrollo sostenible, o la educación para la convivencias son otros ámbitos a los cuáles pueden estar dirigidas las actividades que pueden optar a esta subvención.

   En la Orden se aclara que no se subvencionarán gastos de inversiones en infraestructuras, equipamiento (informático,audiovisual, etc.), ni gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes, sino exclusivamente los conceptos de gasto inherentes a la propia actividad.

   La cuantía individual no superará 7.000 euros y será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios de estas ayudas, que pueden ser las AMPAS de centros docentes no universitarios de Cantabria que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes estén legalmente constituidas.

   Las AMPAS interesadas tienen quince días hábiles, a contar desde este jueves, 18 de agosto, para presentar sus solicitudes.

BECAS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y CENTROS EDUCATIVOS

    Por otra parte, en el BOC de este miércoles también se han publicado la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se establecen las bases para la concesión de becas dirigidas a postgraduados y técnicos superiores en la Dirección General de Innovación y Centros Educativos.

   La Consejería de Educación, Cultura y Deporte desarrolla actividades de formación dirigidas a postgraduados y técnicos superiores en áreas diversas.

   Las becas tendrán por objeto la formación, investigación y especialización práctica en materias del ámbito competencial de la Dirección General de Innovación y Centros Educativos.

   Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOC del extracto de la convocatoria.

   En esta convocatoria existen varias fases de selección, una primera, en la que se valorará los méritos de cada aspirante, concediéndose hasta un máximo de veinte puntos, y otra, que comprobará la idoneidad del solicitante, mediante una entrevista, concediéndose hasta un máximo de diez.

   En la primera fase se valorarán aspectos como el expediente académico y los cursos realzados por el aspirante y la experiencia profesional.

   La segunda fase consistirá en una entrevista a los candidatos preseleccionados para verificar la idoneidad del solicitante para desarrollar las actividades previstas en la presente Orden.

   La entrevista versará sobre la formación y los conocimientos del aspirante en los campos de especialización objeto de la beca, disponibilidad a recibir formación, iniciativa y otros extremos considerados de interés por el comité de valoración, que permitan comprobar que la preparación previa del solicitante le sitúa en condiciones de adquirir una sólida formación práctica.

   La puntuación mínima exigida para poder obtener la condición de becario será 15 puntos, sumados los de la fase de méritos y los de la entrevista.

   Transcurrido el plazo de presentación de las solicitudes e instruido el procedimiento, el estudio y valoración de los méritos acreditativos corresponderá a un comité de Valoración, compuesto por el titular de la Dirección General de Innovación y Centros Educativos, o persona en quien delegue, que actuará como presidente, y tres funcionarios de la Dirección General de Innovación y Centros Educativos, actuando dos de ellos como vocales y el tercero como secretario con voz y sin voto.

   Una vez realizada la valoración de la primera fase, el Comité de Valoración publicará la lista de resultados de la misma en el tablón de anuncios de la Dirección General de Innovación y Centros Educativos.

   Una vez valoradas las alegaciones, el Comité de Valoración convocará a los diez solicitantes(o los que en su caso se establezca en la convocatoria) que hayan obtenido mayor puntuación a la segunda fase.

   Los convocados que no se presenten a la entrevista, o bien que no acrediten los méritos alegados, serán excluidos del procedimiento, pasando a la segunda fase el siguiente solicitante con mayor puntuación en la primera fase, de los no seleccionados en primera instancia.

   Una vez realizadas las entrevistas, el Comité de Valoración propondrá la adjudicación de las becas a favor de los candidatos que hayan obtenido la mayor puntación total, así como la lista de suplentes con el resto de candidatos entrevistados, siempre y cuando hayan obtenido la puntuación mínima establecida.

   En caso contrario, el Comité de Valoración propondrá que se declare desierta la convocatoria.

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado