AM. Tribunales- TSJC anula la convocatoria de los proyectos de construcción del Instituto de Hidráulica y el Gran Tanque

Actualizado: martes, 24 noviembre 2009 17:28

Considera que se ha impedido la libre concurrencia y debería haberse tramitado como un único proyecto por importe de 245.689 euros

SANTANDER, 24 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado el pliego de bases y la convocatoria para contratar la redacción de los proyectos básicos para la construcción del Instituto de Hidráulica Ambiental y del Gran Tanque de Ingeniería Marítima, al considerar que debería haberse tramitado como un único proyecto, y no como dos, y con un importe de licitación de 245.689 euros.

La convocatoria fue realizada en abril de 2008 por la Fundación del Instituto de Hidráulica Ambiental, cuyos patronos son el Gobierno y la Universidad de Cantabria, y recurrida dos meses después por el Colegio de Arquitectos de la comunidad por incumplir la normativa en materia de contratación y dividir de forma "artificial" ambos proyectos, cuya construcción ya se ha iniciado, impidiendo así la libre concurrencia.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo comparte el criterio del Colegio y considera que ambos proyectos son una "unidad funcional" que se fraccionó en dos de 151.000 y 134.000 euros, para eludir la sujeción del contrato a la normativa europea de publicidad, que opera a partir de una cuantía superior y que fija un plazo de presentación de proposiciones mucho mayor que el de la Ley de Contratos del Sector Público de 2007.

La diferencia de plazos entre ambas normativas es de 14 días frente a 52, de forma que al aplicarse el primero "sólo dos" propuestas entraron en plazo y la publicidad de los proyectos se localizó "prácticamente" en la Comunidad Autónoma, argumenta la sentencia, que añade que si este plazo hubiera sido mayor hubiera permitido unas condiciones de concurrencia "apropiadas a la envergadura y complejidad" de estas infraestructuras.

Si a eso se une "la falta de claridad" en cuanto a que ambos proyectos se concibieran como un "único conjunto", el resultado es que sólo una de las propuesta presentadas cumpliera con este objetivo "camuflado por el artificial fraccionamiento".

AYUDAS PÚBLICAS

La sentencia señala que esta celeridad en la convocatoria obedece a la "decisión estratégica" de la Fundación de presentar su solicitud a las ayudas públicas a infraestructuras científico-tecnológicas dentro del Plan Nacional de Investigación 2008-2011.

Eso explica, según el TSJC, que la tramitación de ambos proyectos sea conjunta y que en los pliegos se reconozca que se trata de una misma unidad, así como que el emplazamiento de las dos instalaciones va a ser en la misma manzana del Parque Científico y Tecnológico de Cantabria.

De hecho, según la sentencia, no hubiera sido "concebible" examinar los proyectos por separado, dada su ubicación conjunta e interrelación "necesaria". Hasta tal punto, que la adjudicación se ha producido a favor de un mismo licitador, ya que "es imposible" que los dos proyectos puedan ser desarrollados por dos técnicos distintos y de manera independiente.

Por ello concluye que se ha vulnerado la prohibición de fraccionamiento de una misma unidad funcional que fija la legislación de contratos, tanto la del año 2000 como la actual, y debería haberse planteado en uno, por importe de 245.689 euros.

La sentencia, de la que es ponente la magistrada Clara Penín, señala que la propia Fundación reconoce en el expediente que el Instituto requerirá las instalaciones del Tanque, mientras que en el proyecto de éste se admite que la actividad podrá desarrollarse de forma simultánea.

CONEXIÓN

Destaca además que la selección se basó en el hecho de que la propuesta planteó "una única edificación y unión conceptual", valorándose de forma desfavorable la falta de conexión entre ambas instalaciones.

Añade que se trata por tanto, como también se reconoce en el expediente, de un proyecto "integral" denominado 'Infraestructura Científico Tecnológica de Ingeniería Marítima de Cantabria', que "se reconoce complejo y de importe superior a los 25 millones" de euros.

De ahí que, llegada la ejecución, ésta se efectúa como una "única convocatoria", porque aunque el proyecto pueda desarrollarse en dos etapas (básico y de ejecución), debe ir referido a unas mismas obras, concebidas de "forma completa" si urbanística y funcionalmente forman un conjunto. Y que la Administración haya exigido dos proyectos básicos "no es sino una tautología", según la sentencia.

Ello no es óbice, precisa el TSJC, para que puedan concurrir distintas subvenciones para partes del complejo, ni que determinados aspectos puedan ser gestionados de forma distinta.