(Amp).- El TSJC suspende cautelarmente el PSIR de Moneo para defender "el interés municipal" frente al inmediato derribo

Europa Press Cantabria
Actualizado: martes, 30 mayo 2006 16:49

La Sala toma esta medida "por los intereses generales en juego" SANTANDER 30 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha suspendido cautelarmente y en defensa del "interés municipal" el Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) para la construcción del Edificio Moneo, como futura sede del Gobierno de Cantabria.

La Sala ha tomado esta medida para evitar el derribo inmediato de la actual sede gubernamental, lo que conllevaría a "la afectación de diversos viales municipales, además de la ocupación de calles de dominio público municipal", según recoge el Auto del TSJC.

Es decir, los magistrados han paralizado cautelarmente el PSIR para salvaguardar los intereses del Ayuntamiento de Santander hasta que el recurso que interpuso se resuelva, ya que si la actual sede gubernamental se derriba antes, el daño sería "irreparable".

De hecho, la Sala, presidida por la magistrada Clara Penín, recuerda que "el propio Gobierno de Cantabria invoca la previsión de la duración de las obras, 25 meses, en fase de licitación en la actualidad, suponiendo que el recurso se resuelva antes de su finalización, lo que permitiría la adaptación a una eventual sentencia estimatoria".

De esta manera, el TSJC no entra a valorar los motivos del recurso presentado por el Ayuntamiento de Santander el pasado 23 de febrero, sino que adopta la suspensión cautelar "de un Plan Especial por los intereses generales en juego".

"Lo cierto es que el PSIR tiene como único objeto la sede institucional del Gobierno de Cantabria", expone la Sala, lo que también supondría "una clara afectación" del dominio municipal.

"IRREPARABILIDAD" DEL "DERRIBO INMEDIATO"

En referencia al "interés supramunicipal" aducido por el Ejecutivo cántabro, porque la construcción de un edificio más grande supondría un "ahorro a las arcas públicas al soportar arrendamientos altísimos en la actualidad", la Sala expone que dicho ahorro "no puede compararse con la irreparabilidad que supondría el derribo inmediato" del actual edificio.

En este sentido, los magistrados argumentan que pese a tratarse de "un edificio de la Comunidad", las obras supondrían "la afectación de los viales y del resto de dominio público municipal", con lo que "pese al evidente interés público en la construcción" del Edificio Moneo, "no se aprecia la urgencia que haga ceder de forma irreparable el interés municipal".

Por último, el Auto hace referencia a que el Tribunal Supremo dictó jurisprudencia sobre un caso similar, "confirmando la suspensión de un Plan Especial precisamente por los intereses generales en juego".

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