SANTANDER, 3 Oct. (EUROPA PRESS) -
El proyecto de ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias, aprobado la pasada semana por el Gobierno cántabro y que comenzará ahora su tramitación parlamentaria, establece sanciones de entre 150.000 y 600.000 euros para quienes realicen "llamadas de broma" al 112 que obliguen a movilizar los recursos de emergencias por situaciones inexistentes.
Ese tipo de llamadas se considerarán como "infracciones administrativas muy graves" y, por tanto, podrán conllevar dichas sanciones económicas. Con esta medida el Gobierno pretende realizar un "llamamiento" a los ciudadanos para terminar con llamadas que obligan a movilizar los recursos de emergencias e impiden que estos puedan responder con inmediatez a incidentes reales que puedan surgir al mismo tiempo.
Según explicó hoy el consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Vicente Mediavilla, en esa misma apuesta por sensibilizar a la población, el Ejecutivo pondrá en marcha un programa educativo para que los escolares conozcan qué es la Protección Civil, cómo se debe actuar ante determinadas emergencias y cómo se debe utilizar "conveniente y adecuadamente" el teléfono de comunicación de emergencias 112.
Mediavilla, acompañado del director general de Servicios y Protección Civil, Martín Vega, y del director gerente del Servicio de Emergencias de Cantabria, Máximo Sainz, presentó hoy el contenido del proyecto de ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias, al que se refirió como un proyecto "sencillo, fundamentalmente organizativo y procedimental", que "hace una llamada reiterada a la coordinación administrativa".
"Es un proyecto de ley de mínimos en el que el consenso sería muy apetecible y beneficioso", aseguró el consejero, quien mostró la disposición del Gobierno a "propiciar" ese acuerdo y a analizar "desde un punto de vista enriquecedor y positivo" las enmiendas que presenten los grupos parlamentarios. Junto a ello, hizo un "llamamiento" a los tres grupos para que apuesten también por el consenso.
El proyecto de ley "gira sobre las ideas de prevenir, planificar y gestionar las emergencias y riesgos a través de un sistema integrado, único e inspirado en los principios de colaboración, cooperación y coordinación administrativa".
Consta de un título preliminar, en el que se regula la finalidad de la norma y el objeto de aplicación, y de nueve títulos más (con 58 artículos) en los que se regulan las acciones preventivas y de gestión en materia de Protección Civil (ante situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública) y ante emergencias (entendidas como riesgos de menor entidad que los anteriores).
ACTUACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL
En el ámbito de las emergencias no ordinarias y actuaciones en materia de Protección Civil, el proyecto de ley establece las medidas de prevención, planificación, gestión, atención de las incidencias y recuperación de los servicios públicos esenciales una vez superada la situación. Todo ello se regula en el título III de la norma que, para Mediavilla, es "el título esencial y fundamental sobre el que se apoyan el resto".
En lo que se refiere a la prevención, la ley obligará al Gobierno a aprobar un catálogo de actividades, centros e instalaciones que pueden generar riesgos, así como un mapa de riesgos que se incluirá en el Plan Territorial de Protección Civil. Los contenidos de ese mapa de riesgos se nutrirán en parte de los mapas municipales que estarán obligados a desarrollar algunos ayuntamientos.
En cuanto a la planificación, contempla la elaboración de los instrumentos idóneos para prevenir y gestionar las emergencias no ordinarias. En la práctica, esto supondrá elaborar planes territoriales de Protección Civil (uno de ámbito autonómico y planes locales en municipios de más de 20.000 habitantes), planes especiales (de transporte de mercancías peligrosas, incendios forestales...) y planes de autoprotección (por parte de determinadas empresas).
En lo relativo a la gestión, se establece que las situaciones de emergencias no ordinarias serán gestionadas por un mando único. Cuando se aplique el plan territorial autonómico o los planes especiales el mando único corresponderá al consejero competente en materia de Protección Civil o quien se determine en su caso; mientras que en los casos de aplicación de planes locales el mando único estará en manos de la autoridad municipal, en "coordinación y colaboración" con la comunidad autónoma.
EMERGENCIAS ORDINARIAS Y DEBERES CIUDADANOS
Por su parte, las emergencias ordinarias, aquellas que surgen prácticamente a diario y de menor riesgo, se regulan en el título II de la ley, en el que se define la organización administrativa para su gestión.
Otro título del proyecto determina cuáles son los derechos y deberes ciudadanos en materia de Protección Civil y emergencias. Así, se establece el derecho a participar en la elaboración de los planes de Protección Civil y a recibir información veraz sobre los riesgos.
Como deberes, se señala un deber general de colaboración, deberes específicos para personas jurídicas, empresas u otros colectivos dedicados a actividades de seguridad y también un deber específico de los medios de comunicación de participar en la comunicación de las situaciones que se susciten. Junto a todo ello, se regula también el voluntariado de Protección Civil.
SERVICIOS SANITARIOS Y DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS
El proyecto de ley regula también cuáles son los órganos competentes en materia de Protección Civil y plantea la creación de un Centro de Gestión de Emergencias para coordinar todas las actuaciones. También se regula sobre la atención sanitaria urgente que se presta a través del 061 y sobre los servicios de prevención y extinción de incendios.
En este último ámbito, no se introducen nuevas obligaciones, pero se recuerda la obligación de los municipios de más de 20.000 habitantes de contar con un servicio de bomberos y se contempla la posibilidad de colaboración entre el Gobierno regional y los municipios con parque de bomberos para que extiendan su actuación más allá de sus límites territoriales.
Finalmente, se regula el sistema de financiación, fundamentalmente a través de los presupuestos de la comunidad; así como la acción inspectora y el régimen sancionador. En concreto, se prevén tres tipos de infracciones administrativas: leves, graves o muy graves.
PARQUES DE EMERGENCIAS
Preguntado por la previsión de construir nuevos parques de emergencias, el consejero recordó que el proyecto de ley no es el lugar para especificarlo. En cualquier caso, recordó que la intención del Gobierno es empezar este año y tener finalizado a comienzos del próximo el parque de Villacarriedo, que se sumará a los que ya están "a pleno rendimiento" en Laredo, Valdáliga, Reinosa y Potes.
Asimismo, destacó que ya se han iniciado las obras de ampliación del parque de Laredo y confió en que se cierre pronto con el Ministerio de Fomento el convenio para la construcción del parque de Los Corrales de Buelna, que atenderá a las demandas derivadas de la influencia de la Autovía de la Meseta y los túneles de su trazado, así como a otros incidentes en la comarca del Besaya.
En cuanto a la situación del Ayuntamiento de Camargo, que no tiene parque propio a pesar de superar los 20.000 habitantes, Mediavilla se limitó a señalar que está obligado a prestar ese servicio, directamente o en colaboración con otro municipio, por lo cual podría hacerlo mediante un acuerdo con el Ayuntamiento de Santander, dada su "cercanía".