Condenan a internamiento en un psiquiátrico a un esquizofrénico que dio una paliza a su mujer ante su hija de tres años

El acusado lleva maltratando diez años a su esposa aunque ésta atribuía sus lesiones a caídas o tropiezos

Europa Press Cantabria
Actualizado: lunes, 2 octubre 2006 18:34

SANTANDER, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El titular del Juzgado de lo Penal número uno de Santander ha condenado a internar en un centro psiquiátrico, por un plazo máximo de tres años y nueve meses, a un hombre con esquizofrenia que dió una paliza a su mujer en presencia de la hija de ambos, de tres años de edad.

Según recoge la sentencia, hecha pública hoy, el procesado, Tomás B.C., que no sigue tratamiento alguno para su enfermedad, lleva maltratando desde hace una década a su esposa, quien sin embargo, sólo en "escasísimas" ocasiones ha acudido a curarse a un centro médico, manifestando ante terceros que las lesiones tenían su origen en "caídas" o "tropiezos" motivados por su propia torpeza.

Los hechos probados del fallo judicial recogen que Tomás B, quien carece de antecedentes penales, tiene notablemente afectadas sus facultades intelectivas y volitivas, debido a la esquizofrenia que padece desde hace 15 años, y por la que no sigue tratamiento alguno al no ser consciente de su enfermedad.

Desde hace una década, y con más frecuencia en el último año, el acusado viene infringiendo a su cónyuge diversos golpes, con patadas y puñetazos en diferentes partes del cuerpo, que le han producido policontusiones diversas.

Según la sentencia, esta situación de "permanente violencia" se ha ido incrementando en frecuencia e intensidad en los últimos tiempos, hasta el extremo de reproducirse cada dos o tres días, "por cualquier insignificante razón o circunstancia".

AGRESIÓN DELANTE DE SU HIJA

La sentencia narra que el último episodio violento, que dio lugar a la presentación de denuncia, ocurrió el pasado 5 de agosto, cuando el procesado, estando en el domicilio conyugal, en presencia de su hija de tres años de edad, y "obrando afectado por su enfermedad", comenzó a golpear a su esposa reiteradamente en el rostro.

El agresor tiró a su mujer al suelo y le dio diversas patadas en la espalda y en el costado, repitiendo la agresión cada vez que ella se intentaba levantar.

Finalmente, y cuando el acusado decidió poner fin a la paliza, se fue a dormir "plácidamente", mientras su mujer se limpiaba la sangre del rostro y terminaba de bañar a la niña, a la que tuvo que limpiar el vómito que le produjo el presenciar la escena.

Momentos después se personaron en la casa los agentes de la autoridad, tras ser alertados por el vecindario, y procedieron a detener al agresor, que estaba acostado en la habitación, y a trasladar a la víctima a un centro hospitalario para ser tratada de las lesiones, consistentes en policontusiones y fractura de los huesos de la nariz, de las que tardó en curar 35 días. La víctima renunció a las acciones civiles.

El juez considera estos hechos constitutivos de un delito consumado de violencia doméstica habitual, por el que impone la pena de un año y nueve meses de prisión al acusado, que no podrá acercarse a la persona, domicilio o lugar de trabajo de la víctima por un tiempo de cinco años durante el cual estará inhabilitado además para ejercer la patria potestad, y de otro delito de lesiones, por los que condena al procesado a la pena de dos años.

La misma sentencia establece que estas penas deberán ser ejecutadas mediante el internamiento del agresor en un centro pisquiátrico adecuado, donde deberá seguir el tratamiento médico correspondiente, durante el periodo máximo de tres años y nueve meses.

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