Confirmada una sanción al SCH por no evaluar los riesgos psicosociales en los atracos a sucursales

Actualizado: miércoles, 26 abril 2006 14:51

SANTANDER, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Santander ha confirmado una sanción de 6.010 euros impuesta en su momento por la Dirección General de Trabajo al banco Santander Central Hispano (SCH) por negarse a evaluar los riesgos psicosociales de sus empleados en los casos de atracos a alguna sucursal de la entidad, según informó hoy la sección sindical de UGT en el SCH de Cantabria.

La sección sindical de UGT en el SCH destacó que el fallo judicial "acaba con cuatro años de recursos judiciales promovidos por la dirección del banco para eludir la sanción decretada por una resolución de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico del Gobierno de Cantabria a propuesta de la Inspección de Trabajo".

UGT agrega en un comunicado que la sanción impuesta al SCH proviene de varias denuncias formuladas por un delegado de prevención del sindicato ugetista, tras diversos atracos cometidos en diversas oficinas de la entidad bancaria en la región.

El sindicato explica que, tras comprobarse el incumplimiento a varios artículos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Inspección de Trabajo propuso acta de infracción contra el SCH en octubre de 2003, que fue ratificada con posterioridad por la Dirección General de Trabajo en marzo de 2004 y por una resolución de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico del Gobierno de Cantabria el 5 de abril del año pasado.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres basa su fallo judicial en el "incumplimiento de la obligación de evaluar riesgos psicosociales para la seguridad y salud de los trabajadores derivados de atracos a oficinas de la entidad y la violencia de que pueden ser objeto los empleados".

La sección sindical de UGT en el SCH de Cantabria lamentó en el comunicado que "los tribunales de justicia tengan que sancionar al SCH por su nula disposición a proteger y garantizar la salud de sus trabajadores, tal y como exige la Ley de Prevención de Riesgos Laborales".