9-M.- Designadas las Juntas Electorales de Zona para los próximos comicios generales del 9 de marzo

Actualizado: lunes, 14 enero 2008 16:11

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia designa a los miembros de las seis Juntas de Zona

SANTANDER, 14 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Administración Electoral que garantizará la transparencia y objetividad en los comicios generales que se celebrarán el próximo 9 de marzo ya cuenta con los vocales de procedencia judicial -jueces y magistrados destinados en la región- que formarán las seis Juntas Electorales de Zona. Esta mañana, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria eligió su composición.

En el día de hoy, el Gobierno central ha aprobado el decreto de convocatoria de las elecciones generales. Tres días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado las Juntas quedarán constituidas y será entonces cuando se designen los vocales de procedencia no judicial, entre quienes propongan los partidos que concurren a las elecciones.

En Cantabria, son seis las Juntas Electorales de Zona, constituidas por tres jueces de Primera Instancia o Instrucción del partido judicial y dos vocales licenciados en Derecho o en Ciencias Políticas y Sociología, residentes en dicho partido judicial. Su secretario será el más antiguo de los juzgados del lugar.

Los partidos judiciales a efectos electorales son los que existían en las elecciones locales de 1979. Por este motivo, las Juntas Electorales de Zona de Cantabria se constituyen en los partidos judiciales de Santander -que también incluye el actual partido de Medio Cudeyo-, Laredo -que incluye el de Castro Urdiales-, Reinosa, Santoña, San Vicente de la Barquera y Torrelavega.

COMPOSICIÓN.

De las seis Juntas Electorales de Zona, tres -las de Torrelavega, Reinosa y San Vicente de la Barquera - permanecen constituidas desde los pasados comicios municipales y autonómicos, ya que tuvieron que repetir elecciones parciales el pasado 28 de octubre y la legislación electoral establece que no se disolverán hasta pasados cien días desde las elecciones. Además, dicha legislación indica que si durante ese periodo de vigencia se convocan nuevos comicios, las Juntas constituidas prorrogarán su mandato hasta que finalice dicho proceso, es decir, hasta cien días después del próximo 9 de marzo.

Así, en Torrelavega la Junta seguirá formada por los titulares de los Juzgados Mixtos nº 4, Iñigo Landín Díaz de Corcuera; nº5, Elena Fernández González; y nº 6, Juan José Gómez de la Escalera.

En Reinosa, está formada por la titular del Juzgado Único, Isabel Redondo López, y por los jueces de paz de Pesquera, Celia Fernández Serrano, y Valdeolea, Carmelo Rojo Abia.

Y en San Vicente de la Barquera, la constituyen el juez sustituto José Benito Ayllón Gómez, y los jueces de paz de Udías, José Manuel Fernández Sampedro, y Potes, María del Carmen Sánchez González.

Por otro lado, el Santander han resultados elegidos los titulares de los Juzgados de Primera Instancia nº 5, Fermín Goñi Iriarte; nº6, Laura Cuevas Ramos; y nº 11, Antonio Fernández-Dívar Fernández Trevilla.

En Laredo, formarán la Junta Electoral de Zona los titulares de los Juzgados nº 1 y nº2 de Laredo, Óscar Ferrer Cortines y Esther Castanedo García, respectivamente, y el titular del Juzgado nº2 de Castro Urdiales, Luis Acayro Sánchez Lázaro.

Por último, en Santoña serán miembros de la Junta Electoral de Zona la titular del Juzgado nº 2, Susana Díez Martínez de la Hidalga, la juez sustituta Margarita Gómez Martín, y el juez de paz de Hazas de Cesto, Gregorio Gutiérrez Ibáñez.

PARIDAD EN LAS LISTAS.

Las Juntas Electorales son los órganos encargados de garantizar un proceso limpio y además, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres el pasado 24 de marzo, de velar por que se cumpla la composición equilibrada en las listas electorales.

Así, según dispone el citado texto legal, "se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento", y añade que esta proporción mínima también se mantendrá "en cada tramo de cinco puestos". No obstante, la ley también señala que no será exigible esta paridad en los municipios de menos de 3.000 habitantes.

Las Juntas Electorales también se encargan de resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se presentan en el desarrollo del proceso, y de corregir las infracciones que tengan lugar en el mismo, siempre que estas infracciones no constituyan delito, con la imposición de multas de hasta 600 euros por parte de la Provincial y 300 euros por las de Zona.

Por último, estos órganos velan por el cumplimiento de las normas que se refieren a las cuentas y a los gastos electorales por parte de las candidaturas durante el periodo comprendido entre la convocatoria y cien días después de las elecciones, momento en que concluye el mandato de las Juntas Electorales.