Dos años de cárcel por causar la muerte de los 4 ocupantes de su coche cuando circulaba a unos 200 km. por ciudad

El procesado había ingerido alcohol y hachís y era conductor novel

Europa Press Cantabria
Actualizado: martes, 24 enero 2006 14:13

SANTANDER, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha condenado a dos años de prisión a José Ramón J.S., de 29 años, por un delito contra la seguridad del tráfico, por haber causado la muerte, el 20 de julio de 2003, a los cuatro jóvenes tripulantes que viajaban en su coche por una colisión contra otra vehículo cuando el acusado circulaba a una velocidad de entre "150 y 200 kilómetros por hora" por la ciudad, concretamente, en la calle Eduardo García del Río.

Según se recoge en la sentencia, el procesado había ingerido ese día "diversas bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes, en concreto, hachís", "habida cuenta de su carácter de conductor novel y de que la calzada se encontraba mojada" y de que la velocidad máxima de conducción" era "50 kilómetros por hora", según se recoge en los Hechos Probados.

Al llegar a la altura de la calle Eduardo García del Río, el coche que conducía el acusado "se salio de la vía, cruzando el carril contrario, derrapando durante más de 40 metros hasta que colisionó nuevamente con el vehículo 18457-KA, produciéndose la muerte instantánea de los cuatro ocupantes que acompañaban al acusado, con edades comprendidas entre los 18 y los 21 años de edad": las hermanas gemelas Marta T.E. y Miriam T.E.; María del Carmen G.G. y Jesús S.F.

Según la información oficial facilitada en su momento por fuentes policiales, el siniestro se produjo a la altura de las antiguas naves de Alcosant, cuando el conductor del turismo colisionó contra un camión, empotrándose posteriormente contra la fachada de una de las naves ubicadas en dicho lugar.

El acusado también resultó herido en la colisión, tuviendo que ser trasladado al Hospital Valdecilla, donde arrojó una tasa de alcohol de "0,35 gramos" por litro de sangre, tal y como se explica en la sentencia.

El Juzgado prohíbe también al acusado conducir vehículos a motor por seis años, si bien aplaza por cuatro años la ejecución de la pena de dos años de prisión, condicionada a que no vuelva a delinquir en dicho plazo.

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