Uno de los fallecidos en el accidente del viernes no murió en el acto, según el informe forense

Actualizado: lunes, 18 diciembre 2006 17:32

SANTANDER, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

El médico forense ha dictaminado que la muerte de uno de los dos jóvenes fallecidos en el accidente del pasado viernes, y cuyos cadáveres se encontraron al día siguiente, fue "instantánea", pero el otro no murió en el acto, si bien se ignora el tiempo exacto que duró su agonía, según se desprende del auto en el que se decreta prisión incondicional para el conductor que provocó el accidente, por dos homicidios imprudentes y omisión del deber de socorro.

En el auto, al que tuvo acceso Europa Press, el magistrado Fernando Vegas señala que aunque falta un informe forense que acredite la hora exacta de la muerte de los dos ocupantes que salieron despedidos del vehículo, el médico forense ha avanzado que la muerte de uno de ellos fue instantánea, no así la del otro, "de tal modo que es posible que a la llegada de la fuerza policial al lugar del accidente uno de los viajeros fallecidos aún se encontrase con vida, con lo cual la conducta ocultadora de tal circunstancia por parte del conductor integraría un delito de omisión del deber de socorro".

El juez señala que el conductor, instantes después del accidente, cuando fue preguntado por agentes de la Guardia Civil y del Cuerpo de Bomberos acerca de las personas que viajaban en el vehículo y cuál era su estado de salud, contestó que sólo viajaba con un ocupante -que se hallaba inconsciente en el asiento del copiloto- y que se encontraban bien. "En estos momentos, pues, habría sido posible prestar asistencia sanitaria a las otras dos personas implicadas en el siniestro", agrega el auto.

Para el juez también existen "claros indicios" de que el conductor incurrió en una conducta de imprudencia temeraria que causó la muerte de los dos ocupantes del vehículo, ya que en el tramo en que tuvo lugar el accidente circulaba a 150 kilómetros por hora, una velocidad "notablemente superior" a la permitida (100 km/h) y realizó "maniobras incorrectas y peligrosas (adelantamientos por la derecha en vía rápida con circulación concurrida), con grave riesgo para la seguridad de los restantes usuarios de la vía".

El juez acuerda la prisión provisional sin fianza del conductor atendiendo a estos indicios, la gravedad de los delitos (dos homicidios imprudentes castigados en el Código Penal con pena de prisión de uno a cuatro años y omisión del deber de socorro), el riesgo de que se ponga fuera del alcance de la justicia, "el cual no queda acreditado por el mero hecho de que tenga trabajo y domicilio conocido, e incluso de que el imputado cometa otros hechos delictivos análogos, ya que en situación de libertad podría conducir y poner nuevamente en peligro la seguridad del tráfico".